Ayudas del Programa de Promocion de la Investigacion Biomedica y en Ciencias de la Salud para la realizacion de estudios de investigaciones sobre evaluacion de tecnologias sanitarias e investigacion en servicios de salud en el marco del Plan Nacional I+ D+ I 2004-2007, durante el año 2007.

Código de ayuda:

S32146/07

Norma:

RESOLUCION de 22 de marzo de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/05/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objetivo general de la presente convocatoria es establecer el procedimiento por el que se ha de regir la adjudicación y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de investigación en materia de evaluación de tecnologías sanitarias y en servicios de salud, de acuerdo a los objetivos marcados en el Plan Nacional de I+D+I 2004-2007 en el marco del Programa Nacional de Biomedicina y del Programa Nacional de Tecnologías para la Salud y el Bienestar.
Son prioridades de esta convocatoria fomentar:

1. La investigación en evaluación sobre equidad, eficacia, accesibilidad, calidad y uso apropiado de las tecnologías médicas consideradas de interés por el Sistema Nacional de Salud y los Servicios de Salud que se prestan a los individuos y poblaciones.
2. La investigación sobre enfermedades, condiciones, o procedimientos que son comunes, de elevado coste, o en las que existe variación en la práctica clínica o en los resultados, o en las que se ha demostrado
que existen oportunidades para la mejora de la calidad asistencial.
3. La investigación sobre ciertos grupos o poblaciones, que incluirían minorías e inmigrantes, mujeres, niños, ancianos, personas con bajos ingresos, individuos con necesidades especiales en sus cuidados sanitarios incluyendo individuos con incapacidades e individuos que necesiten cuidados crónicos o que estén en fases terminales de sus cuidados sanitarios.
4. La investigación en Atención Primaria.
5. La investigación en Enfermería.
6. La investigación centrada en los servicios preventivos clínicos y/o en actividades preventivas.
7. La integración de los profesionales que están realizando la FSE en proyectos de investigación cercanos a la práctica clínica.
8. La investigación en salud desde la perspectiva de género.
9. La investigación en seguridad de pacientes.
10. El desarrollo de proyectos de investigación en las áreas prioritarias para el Sistema Nacional de Salud recogidas en el Anexo.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad y Consumo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los centros públicos y privados de I+D que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.

A estos efectos se entiende por:

a) Centro público de I+D: Entidades e Instituciones sanitarias públicas, universidades públicas, los Organismos Públicos de Investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986 de Fomento y coordinación general de la Investigación Científica y Técnica y, en general, cualquier centro de I+D dependiente de las administraciones públicas.
b) Centro privado de I+D: Entidades e Instituciones sanitarias privadas, universidades y otras entidades privadas, con personalidad jurídica propia, con capacidad o actividad demostradas en acciones de I+D.

2. También podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas las empresas públicas o privadas con servicios de prevención de riesgos laborales propios, entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas y Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que desarrollen las funciones correspondientes a los servicios de prevención en relación con sus empresas asociadas, en los términos establecidos por la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del día 10), el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención («Boletín Oficial del Estado» del día 31) y el Real Decreto 780/1998, de 30 de abril (BOE de 1 de mayo) de modificación del anterior y demás disposiciones de desarrollo que sean de aplicación.

3. En el caso de los Centros del ámbito del Sistema Nacional de Salud que gestionan sus actividades de investigación mediante fundación de derecho privado constituida al amparo de lo previsto en la Ley 50/2002 de 26 de diciembre, de Fundaciones, u otras entidades de derecho público o privado, podrán solicitar las ayudas a través de estas entidades previa aportación de los estatutos registrados de las mismas y la autorización para la solicitud, que será emitida por el responsable del centro o por autoridad superior, en caso de que aquél no ostente la competencia para dicha autorización.

4. Podrán presentar proyectos, a través de su centro y como investigadores responsables de su ejecución científico-técnica, las personas físicas con capacidad investigadora integradas en las entidades mencionadas
en los puntos 1 y 2, de este apartado que cumplan los requisitos establecidos en estas bases y en las correspondientes convocatorias, con la salvedad expresada en el punto 3 de este apartado.

Cuando se trate de personal integrado en las entidades descritas en el punto 2 de este apartado, deberá contar con la cualificación necesaria para el desempeño de las funciones de la actividad preventiva correspondientes al nivel superior o ser ATS-DUE de Empresa.

5. Los investigadores de Centros del Instituto de Salud «Carlos III» podrán presentar proyectos de investigación a través de la Fundación de Cooperación y Salud Internacional «Carlos III», de acuerdo a los fines de la misma, considerándose a ésta a todos los efectos como entidad beneficiaria de las ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 110
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 80
Documento: Convocatoria Descargar Documento