Ayudas del Programa de Inversión Directa al Exterior.- Convocatoria para el año 2015.

Código de ayuda:

S44464/15

Norma:

RESOLUCIÓN EMO/2354/2015, de 23 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de diciembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar y favorecer la realización de proyectos de inversión permanente (tanto comercial como productiva) en el exterior, que representen el primer establecimiento de la empresa en el país de destino de la inversión o bien la apertura de un nuevo centro de trabajo, y que permitan incrementar su competitividad global.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Creación nuevas empresas
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas con ánimo de lucro y domicilio fiscal en Cataluña que tengan una actividad industrial, comercial o de servicios, siempre que estos servicios se lleven a cabo en el exterior y para no residentes en el Estado español, y cuenten con un proyecto de inversión directa en el exterior.

En el caso de empresas de servicios que representen a otras empresas, la solicitud debe formalizarse y debe concederse en beneficio de la empresa representada.

Las empresas comerciales únicamente podrán ser beneficiarias en aquellos casos en los que asuman la labor comercial de empresas industriales o de servicios que formen parte del mismo grupo empresarial. En estos casos deberá justificarse una vinculación en el capital de las empresas industriales o de servicios del grupo de un mínimo del 25%.

Los proyectos subvencionados deben estar en coherencia con los 7 ámbitos estratégicos prioritarios para la política industrial catalana definidos para la estrategia europea de especialización inteligente de la Investigación y la Innovación - Research and Innovation Smart Specialization Strategy RIS3 (energía y recursos naturales, alimentación, sistemas industriales, movilidad sostenible, industrias de diseño, salud y ciencias de la vida e industrias basadas en la experiencia). Se puede consultar más información sobre estos ámbitos en la dirección web accio.gencat.cat/nova-politica-industrial-sectorial

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

3.1 Se podrán subvencionar los proyectos de inversión directa en el exterior de las clases siguientes:

a) Proyectos de creación de una sociedad nueva con personalidad jurídica propia en un país de destino en que la empresa solicitante no tenga constituida ninguna otra sociedad.

b) Adquisición de empresas extranjeras, siempre que la empresa a adquirir no esté participada por socios o accionistas de la empresa solicitante de la ayuda.

c) Proyectos en países en los que la empresa solicitante ya tenga constituida una filial, siempre y cuando el proyecto sea convertir la filial comercial en productiva.

3.2 Los proyectos pueden ser de actividad comercial, logística, técnica, productiva o de servicios.

3.3 La participación de la empresa beneficiaria en el capital de la nueva sociedad en el exterior debe ser superior al 50%, excepto en aquellos casos en que la legislación local obligue a un porcentaje menor.

3.4 La inversión puede ser directa de la empresa beneficiaria a la filial. En ningún caso se aceptará que la inversión sea realizada por un socio de la empresa beneficiaria.

3.5 La actividad de la nueva sociedad objeto de la inversión en el exterior deberá ser la misma o derivada de la cartera de productos y servicios de la empresa solicitante o necesaria para mejorar su productividad, y la inversión en el exterior no puede suponer una reducción de las actividades de la empresa en Cataluña.

3.6 Serán subvencionables los proyectos realizados entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016, siempre y cuando la constitución de la sociedad en el extranjero o el registro de la empresa se realice durante este período.

Documentos asociados

Boletín: 27/10/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6984
Documento: Bases y Convocatoria 2015 Descargar Documento