Ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación para proyectos a realizar por grupos de investigación y grupos de investigación noveles, a iniciar en el año 2006.
Código de ayuda:
S51919/05Norma:
ORDEN EDU/1418/2005, de 21 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/11/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de investigación a iniciar en el año 2006 por grupos de investigación.Los proyectos de investigación podrán ser de dos tipos:
A. Proyectos a realizar por grupos de investigación.
B. Proyectos a realizar por grupos de investigación nóveles.
Un mismo proyecto no podrá presentarse a los tipos A y B.
La duración máxima para los proyectos de los tipos A será de tres anualidades, y para los proyectos del tipo B de dos anualidades.
Los proyectos de investigación deberán finalizar el 31 de diciembre del año que corresponda, independientemente del plazo establecido para su justificación.
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las universidades de Castilla y León, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y los hospitales universitarios con conciertos vigentes con las universidades de Castilla y León, en todos los casos para financiar proyectos de investigación que se lleven a cabo en sus centros, instituciones, departamentos u otras unidades de investigación con sede en Castilla y León.Los proyectos de investigación deberán ser realizados por grupos de investigación dirigidos por un investigador doctor adscrito a la entidad beneficiaria, y cada grupo de investigación debe estar formado por un mínimo de dos investigadores.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto presentado y se destinarán a cubrir los gastos directamente relacionados con la realización del proyecto.En cuanto a los gastos de personal, serán financiables aquellos debidos a la imputación de costes de personal auxiliar, preferentemente titulados medios y de formación profesional, ajeno al grupo de investigación y a la plantilla de los organismos en los que los investigadores estén integrados, siempre que sea necesario para la realización del proyecto.
Dicho personal se incorporará bajo cualquier modalidad de adscripción temporal acorde con la normativa del organismo solicitante y sin que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporación al organismo.
No serán subvencionables las retribuciones de personal vinculado estatutaria o contractualmente a los entes solicitantes.
Documentos asociados
Boletín:
28/10/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 209
Documento: Programa y Solicitud Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 209
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