Ayudas del Programa 360º Competitividad.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S34500/11Norma:
RESOLUCIÓN EMO/1449/2011, de 31 de mayo.Plazo de Solicitud:
1er plazo: desde el 17/06/11 hasta el 18/07/11; 2º plazo: desde el 19/07/11 hasta el 6 /10/11.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de las ayudas del Programa 360º Competitividad.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana ACC1Ó (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda será de 7.600 euros por empresa, distribuidos de la siguiente manera:Para la Fase 1, fase colectiva de jornadas de reflexión y networking, la subvención será del 100% del coste del servicio prestado por la Escuela de Negocio especializada.
El coste de este servicio se valora en 1.600 euros.
Para la Fase 2, fase individual de desarrollo del proyecto en la empresa, la subvención será de 6.000 euros por empresa.
El coste total subvencionable de esta fase, que incluye un mínimo de 130 horas presenciales de consultor experto en estrategia o en implantación de mejoras operativas que asesorará de acuerdo en la metodología definida por el Servicio de Estrategia Empresarial, estará comprendido entre los 9.000 y los 16.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
- Las empresas con establecimiento operativo en Cataluña que tengan una actividad industrial, comercial o de servicios.- Las empresas de reciente creación.
- Las empresas comerciales detallistas con establecimiento comercial de venta al detalle a pie de calle que tengan menos de 25 establecimientos abiertos a pie de calle y que solo tengan establecimientos en Cataluña.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Este programa está orientado a incrementar la competitividad de la empresa catalana, fortaleciendo su gestión bajo un enfoque dual: por un lado, preparar el futuro realizando una profunda reflexión estratégica y elaborar una hoja de ruta (plan estratégico) a medio plazo, y, por otra parte, actuar en el presente implantando mejoras operativas en las diferentes áreas funcionales de la empresa para optimizar la gestión de la empresa, preparándola para su diferenciación competitiva y crecimiento empresarial. Para ello cuenta con dos tipologías de proyectos:- Tipología 1: Diseño y despliegue de un plan estratégico. Diseñar y desplegar un plan estratégico que oriente y dé coherencia a todas las decisiones de la organización con el objetivo de alcanzar una ventaja competitiva sostenible.
- Tipología 2: Implantación de mejoras en la gestión empresarial. Implantar mejoras operativas en las diferentes áreas funcionales de la empresa: Marketing y Ventas, Finanzas y Control de Gestión, Operaciones y Organización y RRHH.
Requisitos:
a) En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir con la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005); el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales (BOE núm. 45, de 21.2.2004), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.8.2000).b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACC1Ó ni con sus empresas participadas.
c) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
d) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 90 bis, apartados a), b), c), d) y e) y 92.2.i) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
e) No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
f) Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña hecha por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
El cumplimiento de estos requisitos se deberá acreditar mediante la firma de las declaraciones que incluye el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la Administración a hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de
los datos de estas declaraciones.
Documentos asociados
Boletín:
16/06/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5901
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5901
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento