Ayudas del Plan Renove Renhata de ventanas y calderas domésticas 2018, destinadas a la rehabilitación térmica de ventanas en viviendas y a la sustitución de las calderas actuales por otras de mayor eficiencia energética.

Código de ayuda:

S04900/17

Norma:

ORDEN 3/2017, de 3 febrero. Resolución de 17 de febrero de 2017. RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2018. RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Del 29 de enero de 2018 al 14 de junio de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.250

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Línea Ventanas: Impulso de medidas de ahorro y eficiencia energética, dirigidas a la rehabilitación térmica de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas habituales de la Comunitat Valenciana,
con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2018.

Se considera como actividad susceptible de ayuda la renovación de ventanas y puertas-ventana en la vivienda de ocupación habitual. Será subvencionable la instalación (montaje y desmontaje), el acristalamiento, el marco y premarco; no serán subvencionables las persianas y otros elementos de protección solar, las obras de albañilería ajenas al objeto de estas ayudas, ni las tasas o licencias necesarias para llevar a cabo la instalación.

Se deberán cumplir las especificaciones técnicas que se recogen en el artículo 4 de la convocatoria.

Línea Calderas: Impulso de medidas de ahorro y eficiencia energética, dirigidas a la renovación de las calderas domésticas actuales existentes en la Comunitat Valenciana, por otras de condensación con un sistema de control/ regulación eficiente, con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2018.

Se considera actividad susceptible de ayuda la sustitución de una caldera de calefacción de baja eficiencia energética que utilice cualquier combustible no renovable, por una caldera estanca de condensación sólo calefacción o mixta que utilice gas natural o GLP, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70 kW.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea Ventanas y Puertas: El presupuesto total de la convocatoria será de 850.000 euros.

La cuantía de la ayuda individual, aportada por el IVACE, será como máximo de 75 €/m² para renovaciones completas de las ventanas o puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco).

La aportación del comercio o empresa instaladora consistirá en un descuento en la factura de 15 €/m² en el momento de la instalación.

La cuantía de la ayuda aportada por el IVACE, no podrá superar en ningún caso el 30 % del coste subvencionable. Si se diera este caso, la aportación del IVACE se reducirá hasta el límite del 30 %. Asimismo la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda en el que se sustituyan las ventanas y puertas-ventana.

Línea Calderas: El presupuesto total de la convocatoria será de 200.000 euros.

La cuantía de la ayuda, aportada por IVACE, será de 250 euros por caldera sustituida.

La aportación de la empresa instaladora adherida al Plan Renove Renhata de calderas, consistirá en un descuento de 50 euros en la factura.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Cualquier persona física propietaria, arrendataria o usufructuaria de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea Ventanas y Puertas: Se considera como actividad susceptible de ayuda la renovación de ventanas y puertas-ventana en la vivienda de ocupación habitual.

Será subvencionable la instalación (montaje y desmontaje), el acristalamiento, el marco y premarco; no serán subvencionables las persianas y otros elementos de protección solar, las obras de albañilería ajenas al objeto de estas ayudas, ni las tasas o licencias necesarias para llevar a cabo la instalación.

Línea Calderas: 1. Se considera como actividad susceptible de ayuda la sustitución –en una vivienda ubicada en el territorio de la Comunitat Valenciana– de una caldera de calefacción de baja eficiencia energética que utilice cualquier combustible no renovable, por una caldera estanca de condensación solo calefacción o mixta que utilice gas natural o GLP, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70 kW.

La nueva caldera deberá pertenecer a una instalación particular de calefacción, alcanzar una clasificación energética A o superior en calefacción y ACS (según Reglamento Delegado (UE) número 811/2013 de la Comisión de 18 de febrero de 2013) con un rendimiento estacional &#8805;93 % (redondeada al número entero más próximo), un nivel de emisiones NOx <70 mg/kWh y tener instalado uno de los siguientes sistemas de control/regulación:

a) Clase II (control sonda exterior en caldera modulante) y termostato de ambiente ON/OFF control.

b) Clase V (termostato modulante para calderas modulantes).

c) Clase VI (termostato modulante más sonda exterior para calderas modulantes).

La nueva instalación deberá cumplir con el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real decreto 1027/2007 y con la demás normativa vigente que se aplique en el momento de llevar a cabo la instalación.

Será condición indispensable que el aparato sustituido sea retirado del mercado, hecho que será acreditado por la empresa instaladora al firmar la solicitud normalizada de ayuda, disponible en la página web del IVACE y en la oficina de campaña.

Sólo será subvencionable la compra de una única caldera por cada persona solicitante y será necesaria la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo equipo de los especificados en el «Listado
de Calderas Subvencionables» según lo establecido en el artículo siguiente. En todo caso, la compra e instalación de calderas deberá producirse a partir de la fecha de inicio de presentación de solicitudes.

Será subvencionable el coste de la caldera, el sistema de control/regulación y la instalación de la caldera (montaje y desmontaje). No será subvencionable el transporte de la caldera sustituida a un punto
limpio de reciclaje.

Requisitos:

1. Podrá acogerse a estas ayudas cualquier persona física propietaria, arrendataria o usufructuaria de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana, si bien las distintas convocatorias podrán restringir los beneficiarios en atención a la naturaleza de las actuaciones susceptibles de apoyo. No podrán acogerse ni las personas jurídicas ni las comunidades de bienes, las herencias yacentes ni otras entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan un patrimonio separado o una unidad económica.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas físicas en las que concurra alguna de las circunstancias que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

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