Ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas al apoyo a empresas innovadoras de base tecnológica (EIBTS).- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S43819/16

Norma:

Orden de 3 de noviembre de 2016. Resolución de 1 de diciembre de 2016. Orden de 26 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de marzo de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 100.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto del programa es, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, fomentar la creación, puesta en marcha y consolidación en la Región de Murcia de Empresas Innovadoras y de Base Tecnológica (EiBTs).

El programa permite dar cobertura a las necesidades de funcionamiento y desarrollo de estas empresas hasta su consolidación y hasta el tercer año desde el momento de su inscripción en el Registro Mercantil o, en su caso, en el registro que corresponda.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de cien mil euros (100.000.€) con cargo a cada convocatoria; y la intensidad máxima de la subvención no podrá ser superior al 60% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable, con arreglo a lo previsto en el Programa del Anexo I. Un solicitante no podrá resultar beneficiario de más de un proyecto por convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases las empresas que cumplan los requisitos.

Requisitos:

- Que sean pequeñas empresas.

- Que estén constituidas en forma societaria a partir del 1 de enero del segundo año anterior al de la convocatoria.

- Que sean Empresas Innovadoras de Base Tecnológica (EiBTs).

- Que sea una empresa no cotizada, que no haya repartido beneficios y que no sea el resultado de un proceso de fusión o concentración con otra/s.

- Que desarrollen las actividades subvencionadas dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

- Cuya actividad se enmarque en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS3MUR www.carm.es/ris3).

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 262
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 284
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 284
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/07/2017
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 156
Documento: Modificación Bases Descargar Documento