Ayudas del Instituto Madrileño de Desarrollo para promocion de actuaciones de ahorro y eficiencia energetica. Convocatoria 2007.

Código de ayuda:

S64028/07

Norma:

ORDEN 1063/2007, de 20 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/12/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas en las presentes bases tienen por objeto la promoción de actuaciones de uso racional de la energía en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, incentivando el autoabastecimiento energético y la protección del medio ambiente.

El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterios de concesión de las subvenciones los siguientes:

a) Tipo de beneficiario, correspondiendo 10 puntos a las Corporaciones Locales y a otras Entidades Públicas o con participación pública, 8 a instituciones sin ánimo de lucro y empresas o empresarios autónomos que se hayan adherido al Acuerdo Voluntario que el Ministerio de Industria, Turismo
y Comercio haya firmado con la Asociación Empresarial correspondiente; 6 a comunidades de propietarios, sociedades cooperativas, resto de empresas y empresarios autónomos y otras personas jurídicas, y 5 puntos a personas físicas.
b) Valor ejemplarizante o repercusión pública del proyecto: Hasta 10 puntos.
c) Como criterio específico para las actuaciones recogidas en los apartados B), C) y D) del punto primero del artículo 5 de la presente Orden, se establece el ratio de ahorro energético producido en relación con la inversión realizada, que se valorará hasta 10 puntos.
d) Como criterio específico para las auditorias energéticas, estudios y/o análisis de viabilidad, se establece el consumo energético total de la instalación en el año anterior a la convocatoria correspondiente, medido en toneladas equivalentes de petróleo, que se valorará hasta 10 puntos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Consumo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, la cuantía de la subvención tendrá un límite máximo de 200.000 euros por beneficiario cuando se trate de una persona física, y de 300.000 euros para los restantes beneficiarios.

En el caso de empresas, empresarios autónomos, sociedades cooperativas, instituciones sin ánimo de lucro y otras entidades que desarrollen una actividad económica, además, la subvención no podrá superar el límite de 200.000 euros por beneficiario, salvo que se trate de una empresa que opere en el sector transporte por carretera en cuyo caso el límite será de 100.000 euros por beneficiario, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales en los términos establecidos por la Comisión Europea para la “regla de mínimis”, según lo establecido en el Reglamento (CE) número 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis, publicado en el “Diario Oficial de la Unión Europea” de 28 de diciembre de 2006.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener las ayudas reguladas por la presente Orden las personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 13 de noviembre, General de Subvenciones, así como los requisitos particulares que establece el artículo 5 de la presente Orden para cada una de las actuaciones subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Consultar Artículo 5.

Documentos asociados

Boletín: 04/10/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 236
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento