Ayudas del Igape para la contratacion de gestores de internacionalizacion, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco do Programa operativo FSE Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S22146/11

Norma:

Resolución de 29 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar a las empresas gallegas la prospección y acceso a nuevos mercados poniendo a su alcance ayudas para la contratación de profesionales especialistas en internacionalización empresarial, consiguiendo, al mismo tiempo, la formación de especialistas en comercio exterior y su incorporación al mercado laboral.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda para los contratos laborales que se formalicen -a tiempo completo o parcial- cumpliendo los requisitos de estas bases, será:

-En caso de solicitudes de empresas: del 75% del salario bruto anual, con un límite máximo de 15.000 €
si el centro de trabajo de destino del gestor está en Galicia; y un límite máximo de 25.000 € si el centro de
trabajo se encuentra en el extranjero.

-En caso de solicitudes de organismos intermedios, la cuantía de la ayuda será de los siguientes porcentajes sobre el salario bruto anual: 80% en los primeros 12 meses de contratación, 70% en los siguientes 12 meses de contratación y 60% en los últimos 12 meses de contratación subvencionable. Y los límites máximos de ayuda -para cada período subvencionable de 12 meses- , en el caso de estos tipos de solicitantes es de 25.000 € si el centro de trabajo de destino del gestor está en Galicia; y de 30.000 € si el centro de trabajo se encuentra en el extranjero.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas, pymes o no pymes, que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia,
incluidas las empresas con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o
logísticos.

b) Las asociaciones empresariales, consejos reguladores y clústers (con personalidad jurídica propia y sin
ánimo de lucro) de carácter eminentemente empresarial que representen a un colectivo de empresas gallegas, y que estén domiciliadas en Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable el salario bruto anual de la contratación por cuenta ajena a tiempo completo o parcial
-durante el primer año de vigencia del contrato laboral en el caso de solicitantes del tipo de los citados en el artículo 4º.1.a) (empresas) y durante un máximo de los primeros tres años de vigencia del contrato laboral en el caso de solicitantes del tipo de los citados en el artículo 4º.1.b) (organismos intermedios)-, de un gestor de internacionalización, que reúna los siguientes requisitos:

a) El gestor debe ser elegido por el beneficiario de entre los integrantes en la bolsa de trabajo denominada
gestores de internacionalización y publicada por el Igape en su página web www.igape.es (en el epígrafe
internacionalización). Esta beca de gestores de internacionalización está abierta, indefinidamente, a las nuevas incorporaciones de personal que reúna los requisitos exigidos. El Igape no se hace responsable de la veracidad de la información suministrada por los integrantes de esta beca, teniendo el beneficiario la obligación de comprobarla, según el artículo 17º c) de estas bases.

b) El objeto del contrato laboral es la realización - en un centro de trabajo en Galicia o en el extranjerode
actividades relacionadas con el comercio exterior. En el caso de contratos para un centro de trabajo en el
extranjero, será admitido como subvencionable el contrato realizado por una sucursal en el extranjero de la
beneficiaria o una filial con por lo menos el 25% del capital suscrito por la beneficiaria, excepto en el
supuesto especificado en el artículo 17º h) de estas bases.

c) El trabajador debe ser dado de alta en un grupo 01 o 02 de cotización a la Seguridad Social en caso de
contratos de trabajo formalizados conforme a la legislación española. El Igape revocará la ayuda en el caso de que el gestor no se destine al proyecto de internacionalización indicado en la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 75
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/05/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 91
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento