Ayudas del Igape para la contratacion de gestores Igapex de internacionalizacion, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2013.- Redistribución créditos.

Código de ayuda:

S21619/13

Norma:

RESOLUCION de 31 de mayo de 2013. RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar a las empresas gallegas la prospección y acceso a nuevos mercados poniendo a su alcance ayudas para la contratación de profesionales especialistas en internacionalización empresarial, consiguiendo, al mismo tiempo, la formación de especialistas en comercio exterior y su incorporación al mercado laboral.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Exportación / Internacionalización
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda para los contratos laborales que se formalicen -a tiempo completo o parcial-, cumpliendo los requisitos de estas bases, será:

• En el caso de empresas: del 70 % del salario bruto anual.

• En el caso de organismos intermedios y agrupaciones de empresas, la cuantía de la ayuda será de los siguientes porcentajes sobre el salario bruto anual: 75 % en los primeros 12 meses de contratación, 70 % en los siguientes 12 meses de contratación subvencionable.

Incremento del porcentaje de subvención:

• Si el solicitante tiene su domicilio social o centro de actividad objeto del proyecto en alguno de los municipios relacionados en el anexo III de estas bases: provincias de Lugo u Ourense, comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal y de A Costa da Morte, se añadirán 5 puntos porcentuales más.

• Si el gestor a contratar tiene en el año de presentación de la solicitud una edad igual o inferior a los 30 años (y siempre que en ese año no cumpla los 31 años) y lleva -a la fecha de la solicitud- 12 meses o más en paro, se añadirán 5 puntos porcentuales más. Si el solicitante indica esta condición en la solicitud de la ayuda, debe respetarla en el caso de que el gestor contratado inicialmente sea sustituido por otro.

• Si el solicitante es un clúster gallego o una empresa perteneciente a algún clúster gallego, se añadirán 5 puntos porcentuales más.

El límite máximo de ayuda para empresas es de 15.000 € si el centro de trabajo de destino del gestor está en Galicia, y de 25.000 € si el centro de trabajo se encuentra en el extranjero.

Para organismos intermedios y agrupaciones de empresas, el límite máximo de ayuda por cada 12 meses de contrato es de 25.000 € si el centro de trabajo de destino del gestor está en Galicia; y de 30.000 € si el centro de trabajo se encuentra en el extranjero. Estos límites máximos son aplicables en el caso de contratos a tiempo completo. Para contratos a tiempo parcial, estos importes máximos se reducirán en la misma proporción que la reducción del tiempo de trabajo. En los supuestos del tipo de lo especificado en el artículo 16.g) de estas bases, en el caso de que el beneficiario participe en un porcentaje inferior al 100 % de la sociedad contratante en el extranjero, la subvención correspondiente se adaptará al porcentaje de participación del beneficiario en dicha sociedad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las sociedades mercantiles u otras sociedades con objeto empresarial (en adelante, empresas), sean o no pymes, que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia, incluidas las empresas con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o logísticos, que tengan un proyecto de internacionalización de la propia empresa solicitante y que dispongan de un diagnóstico positivo del potencial de internacionalización de la empresa realizado en el ejercicio de la convocatoria o en los cuatro ejercicios anteriores, a través de programas del Igape o del Icex (no serán válidos los diagnósticos realizados con encuestas o herramientas en línea, ni otro tipo de diagnósticos no presenciales).

b) Los organismos intermedios:

– Asociaciones empresariales, consejos reguladores y clústers empresariales (con personalidad
jurídica propia y sin ánimo de lucro) que representen a un colectivo de empresas gallegas, que estén domiciliados en Galicia y que tengan un proyecto de internacionalización que beneficie a todas las empresas asociadas al organismo intermedio o, en el caso de que no beneficie a todas, que beneficie por lo menos al 25 % de las empresas asociadas, lo que se acreditará mediante la declaración del número total de asociados y lista detallada de empresas acogidas al proyecto.

– Centros de tecnología y centros de apoyo a la innovación tecnológica (con personalidad
jurídica propia), inscritos con anterioridad al 31.12.2012 en el Registro establecido para el efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros, BOE núm. 20, de 23 de enero de 2009), que estén domiciliados en Galicia y que tengan un proyecto de internacionalización.

c) Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia de por lo menos tres empresas (personas jurídicas que cumplan los requisitos de la letra a) anterior -no vinculadas previamente entre sí que tengan un proyecto común de cooperación para la internacionalización, para el que contraten a un mismo gestor repartiendo la jornada laboral a tiempo parcial entre las empresas de la agrupación, y que dispongan cada una de las empresas de la agrupación de un diagnóstico positivo del potencial de internacionalización de la empresa realizado en el ejercicio de la convocatoria o en los cuatro ejercicios anteriores, a través de programas del Igape o del Icex (no serán válidos los diagnósticos realizados con encuestas o herramientas en línea, ni otro tipo de diagnósticos no presenciales).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación por cuenta ajena de un gestor Igapex de internacionalización, a tiempo completo o parcial, durante el primer año de vigencia del contrato laboral en el caso de que el solicitante sea una empresa, y durante un máximo de los primeros dos años de vigencia del contrato laboral en el caso de que el solicitante sea un organismo intermedio o una agrupación de empresas.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 112
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 24/10/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Redistribución créditos. Descargar Documento