Ayudas del Igape a los proyectos de inversion empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria en regimen de concurrencia no competitiva.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S49173/10

Norma:

Resolución de 22 de julio de 2010. RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2011. RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2012. RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2012, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas del Instituto Gallego de Promoción Económica a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Transporte
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las sociedades mercantiles existentes o en constitución que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Línea de ayuda para proyectos con una inversión subvencionable superior a 500.000 €:

a) La extracción, procesamiento, transformación o producción de minerales, productos energéticos o sus derivados.

b) Todos los sectores de la industria, salvo los excluidos en el Decreto 432/2009.

c) Turismo: hoteles de 4 o más estrellas, balnearios y baños, pudiendo incluir instalaciones complementarias; puertos deportivos de acceso público.

d) Actividades de electrónica, biotecnología, robótica, audiovisual, telemática, telecomunicación y cualquier otra de avanzada tecnología.

e) Transporte y logística.

f) Servicios de apoyo industrial.

g) También podrán ser incentivadas, con especial consideración, las inversiones para la creación o ampliación de centros de desarrollo, investigación, ensayos o laboratorios, junto con instalaciones piloto de experimentación de nuevas tecnologías, vinculados a las empresas cuya actividad principal sea subvencionable.

h) Inversiones realizadas en:

- Adquisición de los terrenos necesarios para acometer el proyecto, traídas y conexiones de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto. La cuantía máxima subvencionable de coste de terreno no podrá superar el 10% de la inversión subvencionable total.

- Obra civil: oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales, almacenamiento de productos terminados y otras obras vinculadas al proyecto.

- Adquisición de inmuebles.

- Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo ligados al proyecto. En el sector de transporte no son subvencionables los medios y equipo de transporte exterior.

- Otras inversiones en activos fijos materiales incluyendo mobiliario.

- Aplicaciones informáticas y adquisición de propiedad intelectual e industrial, incluyendo licencias de fabricación y patentes, gastos de I+D y otros activos intangibles ligados a proyectos de innovación tecnológica, en cuantía no superior al 50% de la inversión subvencionable aprobada.

2.- Línea de ayuda para proyectos de servicios avanzados:

a) Servicios de implantación de sistemas tecnológicos: monitorización y control de procesos industriales, sistemas de seguimiento remoto y telecomando de procesos, sistemas mecatrónicos.

b) Ingeniería de productos y procesos industriales, ingeniería de proyectos aeronáuticos o espaciales.

c) Centros de servicios telemáticos.

d) Centros de desarrollo de software.

e) Ingeniería de ensayo y control de calidad en edificación, obra civil o industria.

f) Costes salariales: en los proyectos de servicios avanzados intensivos en empleo serán subvencionables con carácter general, los salarios brutos del personal que se contrate durante el período de ejecución del proyecto, con el límite de un año de salario por trabajador.

Requisitos:

a) Realizar una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto del proyecto de inversión, localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Desarrollar en el centro objeto del proyecto alguna de las actividades subvencionables que se señalan en estas bases para cada tipo de proyecto subvencionable.

c) Aportar para el proyecto de inversión una contribución financiera exenta de cualquier tipo de apoyo público de por lo menos un 25% de su importe, sea mediante recursos propios o mediante financiación externa. A estos efectos, el Igape podrá exigir en las resoluciones de concesión un determinado nivel de
fondos propios que deberá acreditar el beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 13/08/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 155
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/08/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 166
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 13/10/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 197
Documento: Corrección de errores y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/10/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 199
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Boletín: 15/06/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 114
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 28/12/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 26/01/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 18
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 10/12/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 234
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento