Ayudas del Grupo de Acción Local Montaña Central de Asturias para la ejecución del Eje Leader del Programa de Desarrollo Rural del Principado de Asturias 2007-2013 en su ámbito territorial de intervención.- Modificación.

Código de ayuda:

S59946/09

Norma:

Resolucion de 27 de agosto de 2009. Resolucion de 16 de marzo de 2009. ResoluCión de 14 de diciembre de 2010. Resolución de 11 de junio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular, por parte del Grupo de acción local del Consorcio para el desarrollo de la Montaña Central de asturias (en adelante Grupo), la concesión de ayudas a proyectos de inversión, tanto productivos como no productivos, que se lleven a cabo en alguno de los municipios de aller, lena, Morcín, ribera de arriba y riosa, o que tengan una clara vinculación con la comarca de la Montaña Central de asturias en términos de desarrollo y que reúnan los requisitos y condiciones establecidos en las presentes bases.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad máxima por medidas es la siguiente:

a) En la medida 121 la intensidad (porcentaje) máximo de ayuda es del 40% de la inversión total elegible, que podrá verse incrementado en un 10% en las zonas de montaña y con dificultades especiales. La cuantía máxima se obtendrá por aplicación del porcentaje de ayuda a la inversión auxiliable, que tendrá un límite de 100.000 euros por uTa, con un máximo de 4 uTas por explotación.

b) Para las iniciativas de carácter productivo encuadrables en alguna de las medidas 311, 312 y 313, la intensidad (porcentaje) máxima de ayuda es del 50%. La cuantía máxima de la ayuda vendrá determinada por la aplicación del régimen de mínimis.

c) en el caso de inversiones no productivas correspondientes a las medidas 313, 321, 322, 323, 331, 341 y 431, cuando los beneficiarios de la ayuda sean el Grupo de Acción Local del Consorcio para el Desarrollo de la Montaña Central de asturias o los ayuntamientos de aller, lena, Morcín, ribera de arriba y riosa la ayuda podrá alcanzar hasta el 100% de la inversión auxiliable.

Si el beneficiario es una asociación sin ánimo de lucro, hasta el 100% de la inversión auxiliable, salvo las operaciones que se incluyan en la medida 313 “Fomento de actividades Turísticas” donde la subvención máxima establecida por el PDR es del 50% de la inversión auxiliable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Con carácter general podrán adquirir la condición de beneficiarios de las ayudas a operaciones productivas las personas físicas o jurídicas titulares de microempresas, tal y como se definen en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 (2003/361/Ce), que realicen proyectos de inversión en los municipios de Aller, Lena, Morcín, Ribera de Arriba y Riosa y cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases. En el caso de proyectos enmarcados en la Medida 121 del PDR los beneficiarios podrán ser agricultores profesionales y jóvenes agricultores que hayan instalado una explotación y hayan recibido una ayuda a la primera instalación en los últimos cinco años, y, si se trata de proyectos de diversificación de carácter estratégico incluidos en esta medida, los titulares de explotaciones agrarias, aunque no sean agricultores profesionales, no exigiéndose la condición de microempresa.

Con carácter general, podrán adquirir la condición de beneficiarios de las ayudas a operaciones no productivas el Grupo de acción local del Consorcio para el desarrollo de la Montaña Central, los ayuntamientos de aller, lena, Morcín, ribera de arriba y riosa, las asociaciones sin ánimo de lucro que realicen proyectos de inversión no productiva localizados en los municipios de aller, lena, Morcín, ribera de arriba y riosa o que por su naturaleza guarden una directa relación con ésta en términos de desarrollo, y cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.

Se incluyen entre los beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica propia, cumpla con lo dispuesto en la recomendación 2003/361/Ce y lo dispuesto en las presentes bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

—Modernización de las explotaciones agrícolas (Medida 121).

—Diversificación hacia actividades no agrícolas (Medida 311).

—Creación y desarrollo de microempresas (Medida 312).

—Fomento de actividades turísticas (Medida 313).

—Mejora del entorno y servicios en el medio rural (Medida 321).

—Renovación y desarrollo de poblaciones rurales (Medida 322).

—Conservación y mejora del patrimonio rural (Medida 323).

—Formación e información (Medida 331).

—Adquisición de capacidades y promoción con vistas a la elaboración y aplicación de una estrategia de desarrollo local (Medida 341).

—Funcionamiento del Grupo de acción local (Medida 431).

Documentos asociados

Boletín: 25/03/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 70
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/09/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 205
Documento: Boletín Descargar Documento
Boletín: 30/12/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 300
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/06/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 140
Documento: Segunda Modificación. Descargar Documento