Ayudas del Grupo Centro para el desarrollo del Valle del Ese-Entrecabos para la ejecucion del Eje LEADER del Programa de Desarrollo Rural del Principado de Asturias 2007-2013, en su ambito territorial de intervencion.- Modificación.- Segunda modificación.

Código de ayuda:

S52591/09

Norma:

Resolucion de 3 de julio de 2009. Resolucion de 2 de noviembre de 2010. Resolución de 3 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de una línea de ayudas en forma de subvención directa para inversiones productivas y no productivas en la comarca del Valle del Ese-Entrecabos, integrada por los municipios de Allande, Cudillero, Salas, Tineo y Valdés.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Calidad
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Régimen de Mínimis.

Las ayudas que se incluyan en las medidas 311, 312 y 313 están sujetas a los límites establecidos en el Régimen de Mínimis (Reglamento (CE) n.º 1998/2006, 1535/2007 y 875/2007), que establece la cuantía máxima de subvención en 200.000 euros. Esta cantidad se ve reducida a 100.000 € en el caso de empresas que operen en el sector del transporte por carretera. Para las empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca, la cuantía máxima será de 30.000 euros.

Para proyectos de carácter empresarial (productivos).

Con carácter general, la subvención máxima será hasta el 50% de la inversión auxiliable, con un límite de 200.000 €.

En la medida 121, de Modernización de las explotaciones agrarias, el límite de la inversión auxiliable en estas ayudas será de 100.000 € por UTA, con un máximo de 4 UTAs por explotación, manteniéndose el límite general de subvenciones en el 50% de ayuda sobre la inversión auxiliable y 200.000 € como cantidad máxima.

Para proyectos de carácter no productivo.

Las ayudas podrán llegar al 100% de la inversión auxiliable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Para proyectos de carácter empresarial (productivos)

Profesionales de la agricultura y jóvenes agricultores/as que se hayan instalado en una explotación y hayan recibido una ayuda a la primera instalación en los cinco últimos años. Tendrán preferencia quienes sean titulares de explotaciones prioritarias.

Miembros de la unidad familiar de explotaciones agrarias (familiares de primer y segundo grado del titular de la explotación agraria) (Medida 311).

Las microempresas, tal como se definen en la Recomendación 2003/361/CE (menos de 10 trabajadores/as y menos de 2 MEUR de facturación) que se ubiquen en las zonas rurales (Medida 312).

Personas físicas o microempresas que creen o mantengan empleo en la comarca (Medida 313).

Para proyectos de carácter no productivo

Asociaciones sin ánimo de lucro: (Medidas 313, 321, 323).

Ayuntamientos: (Medidas 313, 321, 322, 323).

Mancomunidades: (Medida 313, 322)

Grupo de Acción Local: (Medidas 313, 321, 322, 323, 331, 341 y 431).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Creación de empleo: Puestos de trabajo generados, empleo de personas con titulación universitaria, personas con dificultad de inserción, y medidas de conciliación de vida laboral y familiar.

Carácter innovador: Nuevos productos/servicios o nuevas formas de presentación, comercialización o adaptación a los mercados.

Calidad del producto o servicio y marcas o certificaciones correspondientes.

Contribución al fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Utilización de sistemas de mejora de la eficiencia energética (energía limpia, renovable…).

Requisitos:

Proyecto

Acometer un proyecto de inversión en la comarca del Valle del Ese-Entrecabos (Allande, Cudillero, Salas, Tineo y Valdés) o que éste tenga que ver con una relación directa con la misma en términos de desarrollo, y en todos los casos ser adecuado a los objetivos y naturaleza del programa.

Implicar la creación de una nueva actividad, ampliación o modernización de una existente, o traslado de una actividad desde fuera de la comarca.

Utilizar factores productivos de la zona.

Ser viables técnica, económica y financieramente.

No haber iniciado la inversión para la que se solicita la ayuda, salvo los gastos concernientes a estudios preparatorios, proyectos, las licencias, y gastos de encargo o reserva, siempre y cuando no superen el 10% de la inversión total subvencionable. Cuando la inversión no haya sido iniciada pero forma parte de un proyecto más amplio que sí ha sido iniciado, se considerará inversión auxiliable si ésta tiene entidad propia y carácter finalista.

Generar o mantener empleo: Cuando el proyecto suponga la creación de una nueva empresa se exigirá la generación al menos de un puesto de trabajo a tiempo completo, o del empleo equivalente de un puesto de trabajo a tiempo completo. En los casos de modernización de empresas existentes se exigirá al menos el mantenimiento del empleo existente en la empresa el día anterior al de presentación de la solicitud de ayuda.

Contribuir a corregir los desequilibrios territoriales y productivos.

Persona o entidad promotora

Para personas físicas y/o jurídicas, que creen una nueva empresa, generar al menos un empleo a jornada completa.

Ser microempresa, tal como se definen en la Recomendación 2003/361/CE, que se ubiquen en las zonas rurales.

Ser solvente desde el punto de vista económico-financiero y empresarial.

Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Dar la publicidad que, en su caso, fuera requerida sobre la procedencia de los fondos públicos requeridos.

Comunicar al grupo la solicitud y obtención de otras subvenciones para la misma finalidad.

Documentos asociados

Boletín: 15/07/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 163
Documento: Convocatoria 2009 y Bases. Descargar Documento
Boletín: 17/11/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 266
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 15/07/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 163
Documento: Segunda Modificación. Descargar Documento