Ayudas del Fondo de accion social para el personal funcionario e interino de administracion y tecnico y el personal laboral al servicio de la Administracion de la Generalidad de Cataluña.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S43064/11Norma:
RESOLUCIÓN GRI/2089/2011, de 5 de agosto.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/10/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el procedimiento para la concesión de las ayudas del Fondo de acción social para el personal funcionario e interino de administración y técnico y para el personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña correspondientes a hechos o gastos realizados en el año 2010.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Gobernacion y Relaciones Institucionales (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda es de una cuantía única de 104 euros como máximo.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) El personal de administración y técnico de la Generalidad de Cataluña, funcionario e interino, previsto en los artículos 11 y 13 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, que haya prestado sus servicios en la Administración de la Generalidadde Cataluña durante el año 2010.
b) El personal laboral de la Generalidad de Cataluña con contrato fijo o temporal incluido en el ámbito del VI Convenio colectivo único que haya prestado sus servicios en la Administración de la Generalidad de Cataluña durante el año 2010.
c) En caso de defunción del empleado/a público, sus familiares y otras personas legitimadas, siempre que en el momento de su muerte el causante cumpliera los requisitos que establece la base general 7.1 y los específicos de la ayuda solicitada.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Ayuda para hijos o hijas u otros dependientes con disminuciones físicas, psíquicas y/o sensoriales y que estén bajo la tutela o acogida del empleado público.2. Ayuda para guardería.
3. Ayuda escolar.
4. Ayuda para estudios universitarios.
5. Ayuda odontológica.
6. Ayuda por defunción del empleado/a público.
7. Ayuda por defunción de los hijos o hijas o del/de la cónyuge.
8. Ayuda para el acceso a la universidad para mayores de 25 años y para el acceso a los ciclos formativos.
9. Ayuda por nacimiento, adopción y/o acogida de un hijo o hija.
10. Premio de jubilación.
11. Ayuda por prótesis oculares y auditivas.
12. Ayuda psiquiátrica y psicológica.
13. Ayuda para ascendentes, cónyuge y/o pareja de hecho dependientes.
14. Ayuda por enfermedad celíaca.
15. Ayuda para tratamientos de trastornos específicos del aprendizaje.
Requisitos:
a) Haber estado en situación de servicio activo durante el año 2010.También tienen derecho a las ayudas objeto de la convocatoria el personal funcionario o interino y el personal laboral que se halle en situación de incapacidad temporal y en excedencia voluntaria para cuidar a un familiar (para cuidar a un hijo o hija y para cuidar a un familiar incapacitado hasta el segundo grado) o en excedencia por situación de violencia de género. El tiempo que se permanezca en esta situación se considerará tiempo de servicios prestados a los efectos de lo que dispone la base 5.4 de esta convocatoria.
b) No haber percibido ninguna prestación que sea incompatible con las diferentes modalidades de ayuda, según establece la base general 16.
c) Otros requisitos que puedan ser expresamente determinados en las bases específicas de cada modalidad de ayuda.
Documentos asociados
Boletín:
05/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5956
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5956
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento