Ayudas del Consell Insular de Menorca para las fincas centinelas.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S16800/11

Norma:

Maó, 18 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder una ayuda a las granjas de la isla de Menorca que participan dentro del programa de fincas centinelas de la Consejería de Agricultura y Pesca del Gobierno de las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe vendrá determinado por lo establecido en la cláusula anterior atendiendo el importe máximo de la convocatoria, y con un máximo por finca de 500 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los agricultores-ganaderos de las explotaciones de Menorca incluidas en el programa de granjas centinelas de la Consejería de Agricultura y Pesa del Gobierno de las Islas Baleares.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Son objeto de subvención las actividades siguientes:

- Participación en el estudio entomológico (recogida semanal de mosquitos y clasificación de las especies transmisoras de la lengua azul).

- Participación en el estudio serológico (determinación de la existencia de seroconversiones en los rebaños de las explotaciones sometidas al estudio).

2.- Serán subvencionables las actividades realizadas en las granjas de Menorca que sean reconocidas como fincas centinelas, con el contrato de colaboración con IBABSA, para llevar a termino el programa de vigilancia epidemiológica y entomológica ante la lengua azul.

Requisitos:

- Los beneficiarios han de realizar los trabajos que implican la participación en los estudios entomológicos y serológicos durante todo el año.

- En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el art. 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto
refundido de la Ley de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 44
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento