Ayudas del Consell Insular de Menorca para las estancias a centros terapeuticos o residenciales ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S18673/12

Norma:

Maó, 3 de mayo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 1 de noviembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer y regular las ayudas económicas del Consejo Insular de Menorca destinados a subvencionar estancias terapéuticas o residenciales en centros ubicados fuera de la isla de Menorca y a subvencionar desplazamientos de las personas usuarias de estos centros o de sus familiares.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- En el caso de las ayudas para estancias en centros terapéuticos o residenciales (tipología 2.1) se financiará como máximo el 75% del coste total, aunque de forma excepcional, y especialmente en los casos de menores de edad en situación de desamparo, se puede superar este porcentaje. En cualquier caso
se valorará la capacidad económica del núcleo de convivencia y la posibilidad de otras administraciones o entidades de participar en la financiación.

- En el caso de las ayudas para transporte y desplazamientos (tipología 2.2), se financiará como máximo el 50% del coste total, teniendo en cuenta la capacidad económica del núcleo de convivencia y la financiación de otras administraciones o entidades.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

2.1. Ayudas para estancias en centros residenciales o terapéuticos.

- Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad derivada de enfermedad mental.

- Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad intelectual.

- Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad física.

- Centros de atención para personas con algún tipo de adición.

2. Ayudas para transporte y desplazamientos.

- Desplazamientos para la persona beneficiaria del centro terapéutico o residencial.

- Desplazamientos para acompañantes, en aquellos casos en qué sea necesario.

- Desplazamientos para visitas de familiares, en el supuesto de que sea recomendable para la adecuada evolución de la persona o para que participe en sesiones terapéuticas familiares.

Requisitos:

1. Que la persona beneficiaria del recurso esté empadronada en un municipio de Menorca al tiempo de la presentación de la solicitud, excepto en los casos de petición de renovación de ayudas concedidas en convocatorias anteriores respecto del mismo recurso que se solicita.

2. Que la persona solicitante sea mayor de 18 años o bien menores emancipados.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 74
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento