Ayudas del Consell Insular de Menorca para la realización de actividades juveniles, para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca que presenten proyectos de actividades el año 2019.

Código de ayuda:

S34937/19

Norma:

Acuerdo 6.5.2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de julio de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es apoyar a las entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de actividades destinadas a los jóvenes, la promoción del voluntariado, así como colaborar con los gastos de funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca que desarrollen actividades para los jóvenes durante todo el año de la convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención por solicitud es de tres mil euros (3.000 €) por entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Pueden acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas, antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes del año de la convocatoria, en el correspondiente censo insular o balear de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud y que
realicen actividades y servicios a la juventud de Menorca dentro del año de la convocatoria.

Las entidades formadas por grupos, centros de recreo, agrupaciones, movimientos u otras entidades han de dar a conocer esta circunstancia en el Censo y tener reconocida su autonomía en los estatutos de la entidad principal.

Se pueden presentar también las secciones juveniles o entidades autónomas constituidas por un grupo de jóvenes de una asociación sin ánimo de lucro, que tengan autonomía funcional, capacidad de autoorganizarse para hacer su tarea y autonomía económica respecto de la entidad a la que pertenecen, que dependan tanto fiscalmente como legalmente. Estas secciones juveniles deben estar inscritas en el correspondiente censo insular o balear de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud, así como lo deben estar las entidades autónomas a través de la entidad principal que reconozca autonomía de las mismas.

Pueden ser beneficiarias de subvención para las actividades, las entidades juveniles y prestadores de servicios a la juventud que estén integradas en una fundación que se haya constituido con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, del Consell Insular de Menorca, o el patrimonio fundacional de la que, con carácter de permanencia, esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración insular, siempre que cumplan los requisitos.

Sin embargo, estas entidades juveniles o prestadoras de servicios a la juventud no pueden en ningún caso ser beneficiarias de subvención para mantenimiento y funcionamiento de la entidad.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 72
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 30/05/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 72
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento