Ayudas del Consell Insular de Menorca a los ayuntamientos para la realizacion de proyectos de intervencion familiar para el año 2009, y aprobacion de la convocatoria

Código de ayuda:

S20991/09

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer y regular las ayudas de carácter económico y técnico para llevar a cabo las actividades enmarcadas en el Proyecto de Intervención Familiar que desarrollan fundamentalmente los equipos municipales de intervención familiar de los ayuntamientos (EMIF).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Todos los ayuntamientos de la isla de Menorca, inscritos en el Registro Central de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, según lo previsto en el artículo 25 del Decreto 66/1999, de 4 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento regulador del sistema balear de servicios sociales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Creación y/o mantenimiento dentro de las UTS de un equipo de intervención familiar (EMIF) formado por los perfiles profesionales necesarios para llevar a cabo una intervención familiar integral e interdisciplinaria, como pueden ser trabajadores/as sociales. educadores/as sociales, trabajadores/as familiares, psicólogos/as, etc. Para poder valorar el grado de consecución de este objetivo, la comisión
evaluadora tendrá en cuenta el perfil profesional y la jornada dedicada a los EMIF en cada municipio. A estos efectos, se ha elaborado una tabla (anexo 1 de esta convocatoria) en la cual se especifica el perfil profesional y la jornada dedicada a los EMIF de cada municipio. Se ha de tener en cuenta que esta tabla
marca la dedicación mínima a los EMIF, sin perjuicio de que haya municipios que dediquen mayores esfuerzos. En los casos en que no llegue al mínimo establecido, la comisión evaluadora establecerá los factores correctores pertinentes a la hora de puntuar los proyectos presentados en esta convocatoria. En relación a la figura de coordinador/ra o jefe de servicio, se establece el 30% como máximo de jornada dedicada a trabajos de coordinación y gestión de los EMIF.

2. Actuaciones de intervención que tengan como objeto el trabajo con familias e hijos menores con dificultades de relación i convivencia y que necesiten un soporte interdisciplinario para evitar la cronicidad y/o agravamiento de la situación que provoque la derivación a otros servicios especializados.

3. Actuaciones de prevención dirigidas al soporte de las familias en su función educadora con el objetivo de evitar el agravamiento de la situación en un futuro. Estas actuaciones pueden ser formativas, de divulgación, informativas, etc. y pueden ir dirigidas a toda la comunidad y/o a un sector determinado. Las ayudas tienen como objeto el financiamiento de personal técnico especializado (trabajador social, psicólogo, educador social...) y en ningún caso se dará soporte económico a gastos relacionados con personal de soporte administrativo de los equipos.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento