Ayudas del Consell Insular de Menorca a las asociaciones de ganaderos con finalidad productiva y sanitaria de razas autóctonas y selectas de Menorca, Convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S38673/08

Norma:

Consejo Insular de Menorca, Num. 8651.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases que deben regir la concesión de ayudas del Consell Insular de Menorca para las asociaciones de ganaderos con finalidad productiva y sanitaria de razas autóctonas y selectas de Menorca, que se adjuntan en anexo.

Aprobar, simultáneamente, la convocatoria correspondiente al año 2008, que se regirá por las bases a las que se ha hecho referencia en el punto anterior.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas que se otorguen en el marco de estas bases se harán con cargo a las partidas y el importe máximo que se establecen en la convocatoria.

El importe de las subvenciones o ayudas que se concedan no podrá superar en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas el coste de la actividad subvencionada.

El importe máximo que puede percibir cada asociación, hasta que se agote la partida es:

- Para las actividades descritas en el apartado 4 puntos a, b, c, y d, hasta un máximo de 16.000 €, de la partida 7114-48903.
- Para los gastos de inversión descritos en el punto 4 f, hasta un máximo de 3.000 €, de la partida 7114-7.

El importe total máximo que podrá percibir cada asociación para todas las actividades descritas en el apartado 4 de estas bases es de 16.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar la subvención las asociaciones ganaderas con finalidad productiva y sanitaria de razas autóctonas y selectas de Menorca legalmente constituidas y que tengan su domicilio social y ámbito de actuación dentro del territorio de Menorca.

En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de estas ayudas es dar soporte a las asociaciones de ganaderos con finalidad productiva y sanitaria de razas autóctonas y selectas de Menorca.

La finalidad de estas ayudas es la mejora productiva, la lucha contra las enfermedades y la protección de las razas autóctonas de Menorca.

Son objeto de subvención las siguientes actividades llevadas a cabo durante el año:

a. Actividades ordinarias de la asociación.
b. Actividades de protección de reserva genética de las razas de Menorca.
c. Actividades de fomento y soporte de la cría de las diferentes especies de razas autóctonas.
d. Edición, publicación y difusión de estudios o catálogos.
e. Desarrollo y selección de las razas con finalidad productiva y sanitaria.
f. Gastos de inversión necesarios para realizar las actividades de desarrollo y selección de las razas con finalidad productiva y sanitaria.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 72
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento