Ayudas del Consejo Insular de Menorca a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educacion infantil (0- 3 años) y de la convocatoria correspondiente al año 2008.

Código de ayuda:

S15055/08

Norma:

Num. 3048, Consejo Insular de Menorca.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es colaborar en el funcionamiento de las escuelas infantiles y las actividades educativas que desarrollan destinadas al primer ciclo de la educación infantil 0-3 años.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones o ayudas que se concedan no puede superar, en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada.

El importe de las subvenciones y el importe máximo por solicitud se indicarán anualmente en el cuadro de distribución de ayudas de la convocatoria.

Convocatoria 2008: el importe máximo de la subvención por solicitud podrá alcanzar hasta los 18.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios han de ser escuelas infantiles de Menorca, con alumnos de primer ciclo de educación infantil 0-3 años, que cumplan la mayor parte de las condiciones estipuladas en el Real decreto 1004/91 del MEC, en la Orden de 7 de enero de 2004 de la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Islas Baleares y en el Plan de educación infantil 0-3 años aprobado por el Pleno del Consejo Insular de Menorca el 26 de julio de 2004.

Se tendrá que tener constituido el Consejo Escolar.

Tener aprobado o tener iniciado el proyecto de adaptación a la diversidad, con el compromiso de haberlo finalizado antes de final del mes de mayo de 2009.

Tener la autorización de Centro Educativo de la Consejería de Educación o compromiso de tramitarlo antes del final del curso 2008-09.

Dado lo que dispone el Real Decreto 82/96, de 26 de enero, que aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas de educación infantil, los padres de los alumnos han de tener representación en el Consejo escolar del centro.

Los educadores y maestros han de estar afiliados a la Seguridad Social y hacer jornada completa o media jornada. En cada aula ha de haber un maestro titulado dado de alta en la Seguridad Social durante todo el horario escolar.

Las escuelas infantiles han de estar ubicadas en locales de uso exclusivo y con acceso independiente desde el exterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Pueden ser objeto de subvención las actividades educativas que se desarrollen a lo largo del curso escolar en las escuelas infantiles de 0-3 años de Menorca.

Las actividades subvencionadas han de estar dirigidas a los niños de 0-3 años o a sus familias.

Quedan excluidas del procedimiento de concesión de las ayudas establecidas en estas bases las guarderías y escuelas infantiles que no compartan los objetivos o no cumplan la mayor parte de los requisitos que establece la normativa que regula las condiciones mínimas de calidad para la educación infantil.

Documentos asociados

Boletín: 04/03/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 31
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento