Ayudas del Consejo Insular de Menorca a las asociaciones de ganaderos de razas autoctonas de Menorca.- Segunda Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S25782/13Norma:
Maó, 20 de junio de 2013. Maó, 8 de Octubre de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/10/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar una segunda convocatoria de ayudas, para el año 2013, para dar apoyo a las asociaciones de razas autóctonas de Menorca, que se regirá por las bases que se aprobaron en la sesión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de día 3 de junio de 2013 y que se publicó en el BOIB núm. 93 de 4 de Julio de 2013.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo total que puede recibir cada beneficiario es de 3.500€.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de ganaderos que estén constituidas como personas jurídicas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a. Actividades ordinarias de la asociación.b. Actividades de protección de reserva genética de las razas de Menorca.
c. Actividades de fomento y apoyo de la cría de las diferentes razas autóctonas.
d. Edición, publicación y difusión de estudios o catálogos.
e. Desarrollo y selección de los individuos de raza autóctona con el fin de mejorar sus características productivas.
Requisitos:
a. No tengan ánimo de lucro.b. Estén reconocidas oficialmente, de acuerdo con lo que dispone la Orden del Consejero de Economía, Agricultura, Comercio e Industria, de 8 de octubre de 1999, por la que se crea el Registro de Asociaciones de Criadores de Razas de Ganado Autóctono de las Islas Baleares.
c. Estén oficialmente reconocidas para la gestión del libro o los libros genealógicos de la raza o razas autóctonas, de acuerdo con el Decreto 64/1998, de 12 de junio, por el que se regula la gestión de los libros genealógicos de las razas autóctonas de las Islas Baleares.
d. Cumpla con las obligaciones previstas en el artículo 11 del Real Decreto 2129/2008 de 26 de diciembre.
Documentos asociados
Boletín:
04/07/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín:
12/10/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 140
Documento: Segunda Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 140
Documento: Segunda Convocatoria 2013. Descargar Documento