Ayudas del Consejo Insular de Menorca a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de atención a personas en el ámbito social hechos durante el 2018.

Código de ayuda:

S04537/19

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas tienen por objeto la financiación de proyectos de actividades de servicios sociales en el ámbito de Menorca que contribuyan a fomentar la autonomía personal, la calidad de vida y, en definitiva, un mayor bienestar social dentro de los campos de la dependencia y la promoción de la autonomía de las personas mayores, pobreza, enfermedad crónica y atención a la familia, así como el mantenimiento de las entidades sin ánimo de lucro que los llevan a cabo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención se destinará a la financiación de proyectos de servicios sociales y al mantenimiento de las entidades sin ánimo de lucro que los llevan a cabo orientados a:

- Dependencia y promoción de la autonomía personal, dirigidas al colectivo de personas mayores y personas con discapacidad.

- La prevención, información, atención y apoyo a personas o colectivos en situación o riesgo de vulnerabilidad social.

- La prevención, la atención, el apoyo, la divulgación y la formación a colectivos que luchan por paliar los efectos de enfermedades o que las padecen.

- La promoción y la atención a la familia.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) Estar inscritas en el Registro Unificado de Servicios Sociales, o haberlo solicitado, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el que se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios sociales de las Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales suprainsulares.

En el caso de entidades de ámbito territorial más amplio, en el registro de servicios sociales que corresponda, siempre que puedan demostrar la repercusión de su acción dentro Menorca.

En ambos casos, antes de la concesión debe poder acreditar la inscripción en el registro correspondiente.

c) Disponer de la autorización de servicio social, en su caso, para prestarlo, según el decreto mencionado en el apartado anterior.

d) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

e) Deben actuar dentro del ámbito territorial de Menorca. En caso de que su ámbito de actuación sea más amplio, se debe demostrar y justificar la repercusión y la incidencia de su acción en el ámbito menorquín o se presentará un programa específico para Menorca.

f) Las diferentes delegaciones, legalmente constituidas, de una misma entidad privada sin ánimo de lucro se pueden presentar a esta convocatoria si presentan programas específicos diferenciados que gestionen de forma autónoma cada una de ellas, siempre que no actúen sobre un mismo municipio.

g) Estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Consejo Insular de Menorca, en el momento de presentar la solicitud de subvención.

h) No estar integradas en una fundación que se haya constituido con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, del Consejo Insular de Menorca, o el patrimonio fundacional, con carácter de permanencia, esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración insular.

i) No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio , de igualdad de mujeres y hombres.

Documentos asociados

Boletín: 17/01/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 8
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento