Ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros concertados de educación especial y al alumnado de los mismos para el curso 2025/2026.

Código de ayuda:

S13064/26

Norma:

Resolución de 24/04/2026. Decreto 35/2025, de 6 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 250.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas de transporte y comedor escolar para los centros privados concertados de educación especial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y su alumnado matriculado por necesidades de escolarización específica con resolución del dictamen de escolarización, destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario o de fin de semana y el servicio de comedor escolar.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima por centro no podrá ser superior a 250.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Centros concertados de educación especial y el alumnado escolarizado en estos centros con dictamen de
escolarización.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Gastos relacionados directamente con la actividad.

Requisitos:

a) No hallarse incurso en alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Se acreditará mediante la presentación de la declaración responsable del centro solicitante firmada en su solicitud.

b) No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como no ser receptoras de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la citada Ley 11/2003, de 25 de septiembre, durante el plazo de dos años desde el cese, de conformidad con lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. Se acreditará mediante presentación de la declaración responsable
del centro solicitante firmada en su solicitud.

c) Tener concierto educativo en educación especial para el curso escolar 2025/2026. Este requisito se comprobará de oficio por el órgano instructor del procedimiento.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y acreditar que no han sido sancionados en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero. Se acreditará mediante la presentación de la declaración responsable del centro solicitante firmada en su solicitud.

e) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, así como respecto del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Se comprobará de oficio, salvo que el interesado se oponga a su comprobación por la Administración, o, en el caso de los datos tributarios, no autorice expresamente esta comprobación, en los apartados correspondientes incluidos en la solicitud, en cuyo caso se acreditará mediante certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente, siempre que no se encuentre en alguno de los supuestos que excepciona el artículo 12.1 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, en cuyo caso se sustituirá la certificación por una declaración responsable, suscrita por el centro solicitante.

f) No haber sido sancionados por resolución administrativa firme o condenados por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, con la conformidad del órgano competente en materia de igualdad. Se acreditará mediante presentación de la declaración responsable del centro solicitante firmada en su solicitud

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 88
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/05/2026
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 83
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento