Ayudas de minimis para el establecimiento de medidas de bioseguridad derivada de las bases reguladoras de las ayudas a las explotaciones ganaderas de vacuno afectadas por la tuberculosis

Código de ayuda:

S21773/26

Norma:

Resolución ARP/2823/2026, de 29 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de octubre de 2026

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Sufragar la instalación del cierre perimetral de explotaciones de ganado vacuno afectadas por tuberculosis, cuando los servicios veterinarios oficiales consideren que esta medida es imprescindible para asegurar una correcta biocontención del brote y reducir el riesgo de transmisión de la enfermedad a otras explotaciones ganaderas o a la fauna silvestre, tras la confirmación de un resultado positivo en una explotación de vacuno.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención podrá alcanzar hasta el 85 % del gasto subvencionable.
El importe máximo de la subvención por persona beneficiaria será de 50.000 euros, sin perjuicio de los límites establecidos por la normativa de minimis.
En ningún caso el importe de la subvención podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste total de la actividad subvencionada.
La cuantía total de ayudas de minimis percibidas por una misma empresa no podrá exceder de 50.000 euros durante un período de tres ejercicios fiscales, computándose a estos efectos todas las ayudas de minimis recibidas, con independencia de la administración pública concedente o de la forma de la ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Titulares de explotaciones ganaderas de vacuno afectadas por tuberculosis, que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 5/2026 y soliciten la ayuda para la instalación de medidas de bioseguridad en la explotación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados de la instalación del cierre perimetral de una explotación de vacuno afectada, con el fin de garantizar una correcta biocontención del brote de tuberculosis.

La ayuda podrá concederse cuando los servicios veterinarios oficiales consideren que el cierre perimetral constituye una medida imprescindible para reducir el riesgo de transmisión de la tuberculosis a otras explotaciones ganaderas o a la fauna silvestre.

Los resultados positivos de tuberculosis que motiven la actuación deberán haber sido confirmados entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

Gasto subvencionable: Instalación del cierre perimetral de la explotación de vacuno afectada para asegurar la biocontención del brote.

Requisitos:

La normativa de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
La normativa que garantiza los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales, así como la erradicación de la homofobia, la bifobia y la transfobia.
La normativa que establece el derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
La normativa en materia de igualdad de trato y no discriminación.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9724
Documento: Convocatoria Descargar Documento