Ayudas de minimis destinadas a la instalación de infraestructuras para la mejora de la bioseguridad en explotaciones ganaderas de ganado bovino, ovino o caprino.
Código de ayuda:
S25019/25Norma:
Orden ARP/134/2025, de 31 de julio.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas ayudas es compensar los gastos de los titulares de explotaciones ganaderas de losganados bovino, ovino y caprino generados por las inversiones destinadas a mejorar los sistemas de
bioseguridad para minimizar el contacto con la fauna salvaje, dentro de la lucha contra la tuberculosis.
La finalidad de la subvención es fomentar la prevención y la lucha contra la tuberculosis en los ganados
bovino, ovino y caprino.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Inversiones Materiales y Equipos
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, o los entes sin personalidadjurídica, que sean titulares de explotaciones ganaderas de ganados bovino, ovino y caprino, y los entes locales titulares de pastos comunales en los que se instalen infraestructuras para la mejora de la bioseguridad que cumplan los requisitos que establece la base 6.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son actuaciones subvencionables las adquisiciones siguientes:1 Abrevaderos fijos, con una altura mínima de 60 cm, y con sistemas para evitar vertidos y acumulación
de agua alrededor de los mismos. En este sentido, deben disponer de una solera de obra alrededor del
abrevadero que evite la formación de barro alrededor del mismo o un método alternativo, como, por ejemplo, una capa de tejido geotécnico y piedras encima u otros con los que se consiga el mismo objetivo.
2 Abrevaderos móviles, con una altura mínima de 60 cm, y con sistemas para evitar vertidos y acumulación de agua alrededor de los mismos.
3 Acondicionamiento de abrevaderos fijos existentes que cumplan el objetivo de la ayuda.
4 Acondicionamiento de captaciones de agua existentes, o construcción de captaciones nuevas que cumplan el objetivo de la ayuda.
5 Comederos fijos o móviles, con una altura mínima de 60 cm, que minimicen el contacto con la fauna
salvaje.
6 Acondicionamiento de comederos fijos existentes que cumplan el objetivo de la ayuda.
7 Vallas para la protección sanitaria del ganado en zonas donde se administra alimento e instalaciones de
almacenamiento. Únicamente son subvencionables por este concepto cuando la explotación ganadera esté
calificada como extensiva, semiintensiva o pasto. Para ser subvencionables, estas vallas deben tener una altura mínima de 1,60 m sobre la superficie del terreno y estar enterradas en los primeros 20 cm.
8 Collares GPS.
9 Mangas de manejo.
10 Lectores de chips.
Documentos asociados
Boletín:
05/08/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9471
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9471
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento