Ayudas de minimis destinadas a la implantacion de sistemas de autocontrol en los mercados de ganado y se desarrollan las bases establecidas en el Real Decreto 190/2007, de 9 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de minimis destinadas a la implantacion de sistemas de autocontrol en los mercados de ganado.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S07746/12

Norma:

Orden de 09/03/2012. Real Decreto 190/2007, de 9 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/03/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Precisar las bases reguladoras de las ayudas de mínimis destinadas a la implantación de sistemas de autocontrol en los mercados de ganado recogidas en el Real Decreto 190/2007, de 9 de febrero (BOE núm.
52, de 01 de marzo de 2007), para su concesión en Castilla-La Mancha, y efectuar su convocatoria para el año 2012.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El nivel de ayuda para las inversiones previstas en esta Orden no podrá superar el 50 por ciento de las inversiones subvencionables, en regiones del objetivo 1, ni el 40 por ciento en las demás regiones. Se entiende por regiones del objetivo 1 las definidas en los artículos. 3 y 6 del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los fondos estructurales.

- Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior la ayuda máxima estatal no podrá superar la cantidad de 36.000 euros por beneficiario y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, públicas o privadas, que sean titulares de un mercado de ganado que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La implantación de un sistema de autocontrol o los gastos de control relativos al sistema de autocontrol
implantado.

Requisitos:

a) Estar autorizados como centros de concentración para intercambios intracomunitarios según el Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre, sobre normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina o el Real Decreto 1941/2004, de 27 de septiembre, por el que se establecen las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de terceros países de las especies ovina y caprina.

b) Celebrarse con una periodicidad, al menos, semanal.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta Orden las personas jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o estén incursos en los casos que se establecen en el articulo. 74.2 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castill a-La Mancha, ni aquellas en las que la persona que ostente su representación se halle incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Los beneficiarios deberán acreditar que se encuentran al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la seguridad social según lo regulado en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla- La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/03/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 52
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento