Ayudas de matricula destinadas a los alumnos matriculados en el Titulo Propio "Master en Contabilidad Directiva y Control de Gestion".- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S06919/12Norma:
Resolución de 14 de febrero de 2012. Resolución de 27 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/03/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria de ayudas de matrícula destinadas a los alumnos matriculados en el Título Propio“Máster en Contabilidad Directiva y Control de Gestión” (4.ª edición-curso académico 2011/2012).
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Universidad de Oviedo (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Ayuda para la exención total o parcial del importe de la matrícula. Máximo: importe de la matrícula del curso completo.- Las ayudas se conceden para cursar los 63 ECTS de docencia teórica y práctica en el “Máster en Contabilidad Directiva y Control de Gestión” (4.ª edición-curso académico 2011/2012).
Requisitos:
1. Estar admitido y matriculado en el curso académico 2011/2012 en el Título Propio “Máster en Contabilidad Directiva y Control de Gestión” (4.ª edición-curso académico 2011/2012).2. El requisito anterior deberá cumplirse en la fecha límite de presentación de solicitudes.
3. Los solicitantes no han de estar incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. El solicitante deberá comunicar al órgano concedente la obtención o la solicitud de otras subvenciones o ayudas que haya obtenido o solicitado para las actividades subvencionadas, tanto al presentar la solicitud como en cualquier momento ulterior del procedimiento.
5. La renuncia a la ayuda o la interrupción de la misma por otros motivos, una vez iniciado el período de disfrute de la misma, supondrá la obligación de devolver el importe.
6. Estas ayudas son incompatibles con cualquiera otra concedida por organismos públicos o privados para los mismos fines.
Documentos asociados
Boletín:
30/12/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 300
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 300
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
05/03/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 53
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 53
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento