Ayudas de la medida agroambiental de apicultura para la mejora de la biodiversidad durante el periodo de programacion 2007-2013.

Código de ayuda:

S40919/07

Norma:

ORDEN AYG/836/2007, de 4 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Según su correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden es regular en la Comunidad Autónoma de Castilla y León el régimen de ayudas de la medida agroambiental de apicultura para la mejora de la biodiversidad durante el periodo de programación 2007-2013.

La finalidad de la presente Orden es establecer una medida de apoyo mediante un régimen de ayudas que favorezca la biodiversidad y contribuya al desarrollo sostenible en determinados ecosistemas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios del régimen de ayudas de la medida agroambiental de apicultura para la mejora de la biodiversidad, los titulares de explotaciones apícolas, personas físicas, SAT y cooperativas ubicadas en el territorio de Castilla y León, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener inscrita la explotación en el Registro de Explotaciones Apícolas de Castilla y León, con un mínimo de 150 colmenas.
b) Reunir las condiciones para ser considerado Agricultor a Título Principal.
c) Cumplir los compromisos descritos en el artículo 4.
d) Tener formalizado un contrato con la Dirección General de Política Agraria Comunitaria mediante el cual asuman los compromisos citados en el artículo 4.
e) Solicitar anualmente el pago de la ayuda de la medida agroambiental contemplada en la presente Orden.

Requisitos:

A partir de la entrada en vigor de la presente Orden, los titulares de explotación que hayan suscrito el contrato al que se hace referencia en el artículo 3 deberán solicitar el pago anual de la ayuda agroambiental, durante cada uno de los cinco años del compromiso, mediante los formularios que en su momento se determine para la Solicitud Única de cada año. No obstante, para el año 2007 la solicitud anual se efectuará de forma independiente de la Solicitud Única.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2007
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 88
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento