Ayudas de la Intervención 7169 Cooperación para la sucesión de explotaciones agrarias, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader).

Código de ayuda:

S34646/25

Norma:

ORDEN de 11 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas de la Intervención 7169 Cooperación para la sucesión de explotaciones, incluida en el Plan estratégico de la política agrícola común de España para el período 2023-2027. La finalidad de estas ayudas es favorecer la renovación generacional, aumentar la viabilidad de las explotaciones agrarias mediante su reestructuración y ampliación e incrementar el grado de cualificación profesional de las personas titulares, apoyando a personas agricultoras que decidan cesar en su actividad agraria con la finalidad de ceder su explotación a otras personas, mediante la presentación de un proyecto de cooperación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Convoca:

Sin especificar ()

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en un importe a tanto alzado en forma de pago anual por un período de cinco (5) años que se calculará en función del tamaño de la explotación. En todo caso, la ayuda podrá alcanzar en el total de todas las anualidades la cuantía de 30.000 €, o un máximo anual de 6.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas, jefas de explotación, que cumplan los requisitos para acceder a la jubilación en el momento de realizar la transmisión, o por causa de incapacidad laboral permanente, conforme a la legislación nacional, y que cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica que quiera sucederle a través de un proyecto de cooperación para la sucesión de esa explotación agraria. Quedan excluidas de la condición de persona beneficiaria las personas titulares de explotaciones agrarias clasificadas como de autoconsumo o no comercial.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento