Ayudas de cuidados a personas dependientes y/o desplazamientos para las alumnas que participan en cursos de formación profesional ocupacional o formación en igualdad durante el año 2007, y modificaciones.

Código de ayuda:

S19282/06

Norma:

ORDEN 1154/2006, de 25 de mayo. ORDEN 3019/2006, de 29 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

20 días naturales a contar desde la fecha de finalización del programa formativo al que haya asistido la beneficiaria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene como finalidad facilitar el acceso y la asistencia a los cursos de formación profesional ocupacional, promovidos por la Dirección General de la Mujer, a las mujeres que participen durante el año 2007 en dichas acciones formativas.

La presente convocatoria es de aplicación a las alumnas que participen en programas de formación profesional ocupacional durante el año 2007 promovido por la Dirección General de la Mujer e impartido por empresas que han resultado adjudicatarias, cuando dichas alumnas reúnan las condiciones recogidas en el artículo 1 de esta Orden.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las alumnas que participan en programas de formación profesional ocupacional y programas de formación en igualdad promovidos por la Dirección General de la Mujer, durante el tiempo que participen en dichos programas.

A estos efectos, las alumnas cuyo porcentaje de faltas de asistencia supere el 15 por 100 de las horas totales del curso o aquellas que causen o hayan causado baja en el curso por causa no justificada no podrán tener la condición de beneficiarias.

La presente convocatoria es de aplicación a las alumnas que participen en programas de formación profesional ocupacional durante el año 2007 promovido por la Dirección General de la Mujer e impartido por empresas que han resultado adjudicatarias, cuando dichas alumnas reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas consistirán en:

Cuidados a personas dependientes:
1. Ayudas de 120 euros/mes o fracción si la alumna tiene hijos/as menores de tres años. En el caso de que durante el curso el niño/a cumpla esa edad, dicha cantidad se prorrateará hasta ese momento. La cantidad de 120 euros/mes no es acumulativa sino única con independencia del número de hijos/as de la alumna que acredite esta condición.
2. La misma cuantía si la alumna tiene personas dependientes a su cargo, entendiendo como tales aquellas que conviviendo con la alumna necesiten ser asistidas para realizar las actividades de su vida diaria.

b) Ayudas por desplazamiento:
1. En el caso de alumnas que residan en un municipio distinto a aquel en el que se realice el curso, y siempre
que se utilicen medios de transporte público colectivo, la cuantía de la ayuda será de 2 euros por alumna día de asistencia al curso.
2. En el caso de que no existiera transporte público que comunique el municipio de residencia de la alumna con el municipio en el que se imparte el curso, se abonará a la alumna que utilice su coche para el desplazamiento un importe de 0,1682 por kilómetro y día de asistencia al curso.
3. En el caso de alumnas que presenten alguna minusvalía discapacidad reconocida, que afecte gravemente a su movilidad de forma que no pueda utilizar medios de transporte público colectivo, la cuantía de la ayuda será de 5,50 euros por alumna y día de asistencia al curso.

Requisitos:

Las beneficiarias deberán encontrarse en alguna de estas situaciones durante el transcurso de la impartición de la acción formativa:

Cuidados a personas dependientes:
— Tener hijos/as menores de 3 años.
— Tener a su cargo personas dependientes.

Ayudas por desplazamiento:

— Residir en un municipio distinto a aquel en que se realice el curso.
— Tener alguna minusvalía reconocida, que afecte gravemente a su movilidad, de forma que no pueda utilizar medios de transporte públicos colectivos.
Las solicitantes podrán percibir ayudas por cuidados a personas dependientes y ayudas por desplazamiento siempre que concurran ambas situaciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 147
Documento: Programa, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/01/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 15
Documento: Modificaciones, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento