Ayudas de conciliación dirigida a las alumnas de los cursos programados en el marco del convenio de colaboración firmado entre el Ministerio de Igualdad y el Gobierno de las Illes Balears

Código de ayuda:

S75873/09

Norma:

Resolucion de 11 de diciembre de 2009. Orden de 4 de mayo de 2005. Resolución de 31 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria informativa de ayudas para guardería y/o custodia para el año 2009, dirigido a las mujeres participantes en el plan formativo programado en el marco del convenio de colaboración en el Gobierno de las Islas Baleares y el Ministerio de Igualdad firmado en fecha 10 de junio de 2009 (BOE núm. 195, de 13 de agosto de 2009).

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se concederán mediante resolución de la consejera de Trabajo y Formación en las siguientes condiciones y cantidades:

1.Hasta un máximo de 60,10 euros mensuales por hijo o por persona a cargo, a excepción de las personas que presenten un informe de necesidad emitido por los Servicios Sociales correspondientes, a las cuales se les concederá una ayuda por el coste total del importe de la factura presentada en concepto de guardería y/o custodia.

2.La baja de la beneficiaria de la actuación formativa dará lugar a la pérdida del derecho a percibir esta ayuda, desde el último mes en que se haya producido esta baja.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las mujeres que participen en las acciones formativas programadas en el marco de la experiencia piloto prevista en el Convenio de colaboración con el Ministerio de Igualdad publicado en el Boletín Oficial del Estado número 195, de día 13 de agosto de 2009.

Requisitos:

1. Las mujeres solicitantes tendrán derecho a la ayuda para la guardería y/o custodia cuando se encuentren en situación de desempleo, e inscritas como demandantes de empleo en la oficina correspondiente del SOIB, y se de alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que tengan a su cargo hijos menores de 6 años.

b) Que tengan a su cargo hijos con edades comprendidas entre 6 i 12 años, ambos inclusive, que hagan educación primaria, siempre que el horario de la actuación formativa sea diferente al horario escolar, acreditado documentalmente.

c) Que tengan personas dependientes a su cargo.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Orden de 4 de Mayo de 2005 Descargar Documento
Boletín: 13/08/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 195
Documento: Convenio Descargar Documento
Boletín: 19/12/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 184
Documento: Convocatoria Descargar Documento