Ayudas de comedor para el alumnado escolarizado por la comision provincial de garantias de admision y oficina municipal de escolarizacion, en centros docentes privados concertados no universitarios, durante el curso 2007/08.
Código de ayuda:
S24837/08Norma:
Orden de 01-04-2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/05/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar ayudas de comedor para el curso 2007/08 destinadas a financiar el coste de este servicio al alumnado de niveles obligatorios de enseñanza escolarizado en centros privados concertados por la comisión de garantía de admisión y oficina municipal de escolarización, por no existir vacante en los centros públicos solicitados o por necesidades educativas específicas.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima para la ayuda de comedor al alumnado bonificado en esta convocatoria será, por curso escolar, de 1.014 euros para la “comida al mediodía” y de 427 euros para el servicio de “aula matinal”.Su importe no superará el coste de la minuta establecida en su Centro docente y se concederán con gratuidad total o parcial en función de la renta económica de la unidad familiar.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El alumnado residente en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha matriculado, por necesidades de escolarización, en niveles obligatorios de enseñanza en centros privados concertados, que utilice los servicios de “comida al mediodía” y/o “aula matinal”.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Ayudas de comedor para el alumnado escolarizado en centros docentes privados concertados no universitarios, durante el curso 2007/08.Requisitos:
a) Haber sido escolarizado, en este curso escolar o en anteriores, en un centro privado concertado por la comisión de garantía de admisión y oficina municipal de escolarización, por no existir vacante en el Centro público solicitado o por necesidad educativa específica.b) Su renta económica anual deberá estar dentro de los límites establecidos en el apartado tercero de esta convocatoria.
c) Tener su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
d) No estar incurso en ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Se excepciona del cumplimiento del requisito de renta indicado en la letra b) del párrafo anterior al alumnado miembro de familia numerosa cuando ésta cuente con, al menos, tres hijos usuarios del comedor. En este caso, a partir del tercer hijo tendrán derecho a la bonificación de este servicio en las cuantías que se regulan en el apartado tercero de esta convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
09/04/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 68
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 68
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento