Ayudas de comedor para el alumnado de Educacion Infantil y Primaria escolarizado por la Comision Provincial de Garantias de Admision y Oficina Municipal de Escolarizacion en Centros Docentes Privados Concertados no Universitarios, durante el curso 2009/2010.

Código de ayuda:

S28937/10

Norma:

Orden de 26/04/2010. Correccion de errores de 04/05/2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar el coste del servicio de comedor escolar y aula matinal de los alumnos y alumnas matriculados por necesidades de escolarización en centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Castilla -La Mancha.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima para la ayuda de comedor al alumnado que resulte beneficiario en esta convocatoria será de 1.014,00 € por curso escolar para el servicio de “comida de mediodía” y de 427,00 € por curso escolar para el servicio de “aula matinal”. Su importe no superará el coste de la minuta establecida en su Centro docente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El alumnado de Infantil y Primaria escolarizado en centros privados concertados siempre que el padre, madre, tutor o, en su caso, el solicitante reúna los requisitos previstos.

Requisitos:

- Tener domicilio fiscal en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla - La Mancha.

- No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad regulados por la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla - La Mancha.

- No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Haber sido escolarizado en este curso escolar o en cursos anteriores en un centro privado concertado por la Comisión de Garantías de Admisión y Oficina Municipal de Escolarización por no existir vacante en el centro público solicitado o por necesidad educativa específica.

- Tener una renta económica familiar anual dentro de los límites establecidos en el apartado tercero de esta orden. Se exceptúa del cumplimiento de este requisito al alumnado miembro de familia numerosa cuando ésta cuente con al menos tres hijos. En este caso, a partir del tercer hijo, tendrán derecho a las cuantías que se regulan en el apartado tercero de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 83
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/05/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 87
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento