Ayudas de carácter anual a los Teatros y Salas de Teatro de pequeño formato para 2004.

Código de ayuda:

S16255/04

Norma:

Convocatoria de 27 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Colaborar al mantenimiento de una actividad teatral constante y de ayudar a la mejora de la calidad de las producciones.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.
Se efectuará de forma proporcional a los puntos obtenidos en la valoración que lleve a cabo la Comisión formada para la resolución de estas ayudas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas estables de teatro ya sean personas físicas o jurídicas privadas con capacidad de obrar, que cumplan los requisitos que se establecen en la presente convocatoria y que tengan su sede teatral en el término municipal de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Existen 2 Modalidades:
- 1ª Modalidad: Reservada a las salas con aforo igual o superior a 250 localidades.
- 2ª Modalidad: Reservada a las salas con aforo de menos de 250 localidades.

La ayuda concedida será destinada al mantenimiento en la escena artística del Teatro o Sala subvencionados durante el plazo que dure la subvención, efectuando la programación presentada.
Las ayudas podrán destinarse a cualquier elemento de los que intervengan en la producción y representación escénica, sean estos relativos al mantenimiento de la sala, gestión de los recursos humanos necesarios para llevar a cabo la actividad, producción y representación del espectáculo.

Requisitos:

Se entiende por Teatros aquellos recintos escénicos de aforo igual o superior a 250 localidades, con programación estable de al menos 4 días a la semana, durante al menos ocho meses al año, abiertas a la programación de otros espectáculos escénicos generadores de una actividad cultural con carácter de continuidad.
Por Salas de pequeño formato, se entenderán las que reuniendo las características citadas, tengan un aforo inferior a 250 localidades.

Cumplir con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2004
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5603
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 10/06/2004
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5603
Documento: Solicitud Descargar Documento
Boletín: 10/06/2004
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5603
Documento: Anexos Descargar Documento