Ayudas de arrendamientos de naves industriales municipales.

Código de ayuda:

S44400/12

Norma:

Cehegin, 11 diciembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Un mes a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato de arrendamiento de la nave industrial municipal.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión, de una ayuda dineraria por una cuantía equivalente al 50% del canon mensual del arrendamiento de naves industriales municipales, excluidos los impuestos que le sean de aplicación, durante el plazo total de un año, todo ello, para promover la economía del municipio de Cehegín a través de medidas de apoyo a nuevas empresas y emprendedores que conllevará la generación de riqueza y empleo, redundando en un evidente interés público, fin teleológico esencial de toda Administración y justificación y motivación de su actuación.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Ayuntamiento de Cehegín (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualquier persona física o jurídica que cumpla con los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los arrendamientos de naves industriales municipales.

Requisitos:

a) Que se instalen, por primera vez, en el municipio de Cehegín. En este sentido debe entenderse que ninguna persona física podrá optar a más de una ayuda, aún cuando desarrolle más de una actividad y éstas sean de nueva implantación en el municipio de Cehegín.

Asimismo, y para cualquier modalidad de persona jurídica, ninguna empresa podrá ser beneficiaria de las ayudas objeto de convocatoria, si sus responsables o alguno de ellos (administradores, gerentes, accionistas mayoritarios, apoderados, representantes, etc) lo hayan sido de cualquier otra empresa que se haya beneficiado de estas ayudas.

b) Que hayan perfeccionado contrato de arrendamiento de una nave industrial municipal.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2012
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 291
Documento: Bases y Convocatoria. Descargar Documento