Ayudas de apoyo a las Cofradias de Pescadores de las Illes Balears.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S08019/11

Norma:

Resolución de 1 de febrero de 2011. Orden de 10 de marzo de 2005. Palma, 17 de mayo de 2012. Palma, 22 de julio de 2013. Palma, 24 de junio de 2014. Palma, 21 de abril de 2015. Resolución de 16 de agosto de 2016. Resolución de 5 de junio de 2017. Palma, 27 de septiembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de octubre de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 23.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas subvenciones es convocar ayudas destinadas a las cofradías de pescadores para la participación en los gastos originados por la realización de las actividades ordinarias propias de estas entidades, sobre todo en lo referente a tramitación de altas y bajas de sus miembros, gestión de ventas, formación y colaboración en materia de gestión de reservas marinas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Número de asociados que hayan estado un mínimo de seis meses de alta en la Seguridad Social el año 2017: 30 euros por socio.

b) Por kilo de producto pesquero declarado en 2017 por cada cofradía, según las modalidades:

- 0,080 euros por kilo de embarcación de artes menores.

- 0,040 euros por kilo de embarcación de arrastre.

- 0,030 euros por kilo de embarcación de palangre.

- 0,020 euros por kilo de embarcación de cerco.

c) Por el mantenimiento del establecimiento de primera venta autorizada, en caso de existir: 800 euros.

d) Por el mantenimiento actualizado de los datos de la aplicación de gestión de armadores de la Dirección General de Pesca y Medio Marino: 900 euros. Se establece una reducción de 300 euros por cada incumplimiento de esta actualización que reporte y certifique la Dirección General de Pesca y Medio Marino.

e) En el caso de Formentera, por causa de doble insularidad: 700 euros por beneficiario.

f) Por la colaboración en 2017 en la gestión de las reservas marinas y trasmisión de la información, 1 euro por estadillo de registro de capturas y actividad en la reserva, hasta un máximo de 100 estadillos anuales por embarcación.

g) Por cada embarcación de artes menores con el volumen total de ventas superior o igual a la suma de los salarios mínimos interprofesionales vigentes de sus tripulantes: 100 euros.

h) Cofradías de pescadores sin flota de arrastre: 2.000 euros.

i) Por comunicación mensual de incidencias, cambios de socios, embarcaciones u otra información relevante: 100 euros por comunicación con un máximo de hasta 100 euros por mes.

j) Por el transporte de los productos pesqueros: 40 euros por kilómetro de distancia al punto de venta principal. El punto de venta principal se comunicará al principio del año y será comprobado anualmente por la Dirección General de Pesca y Medio Marino.

k) Por la presentación correcta y en los primeros seis meses del año de la memoria anual 2017 de actividades y gestión económica: 400 euros.

l) Por la presentación correcta y dentro del plazo de las cuentas de la cofradía, en los términos previstos en el Decreto 61/1995, de 2 de junio: 600 euros.

m) Por la asistencia a las reuniones sectoriales convocadas por la Federación de Cofradías: 900 euros. Se establece una reducción de 300 euros por cada incumplimiento de asistencia que reporte y certifique la Federación Balear de Cofradías de Pescadores.

n) En concepto de costes generales de información y gestión: 10.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las cofradías de pescadores de las Illes Balears constituidas en base a lo que prevé el Decreto 61/1995, de 2 de junio (BOIB nº 80, de 24 de junio de 1995), que estén inscritas en el Registro Oficial de Cofradías de Pescadores y de sus Federaciones, que depende de la Dirección General de Medio Rural y Marino, y que cumplan con las obligaciones que de ésta se derivan y que, además, cumplan el resto de requisitos previstos en el artículo 2 de la citada Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 10 de marzo de 2005.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos originados por la realización de las actividades ordinarias propias de estas entidades, sobre todo en lo referente a tramitación de altas y bajas de sus miembros, gestión de ventas, formación y colaboración en materia de gestión de reservas marinas, fundamentalmente.

Requisitos:

No podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Resolución las entidades y las asociaciones sobre las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones. La justificación de no incurrir en las prohibiciones establecidas se realizará en la forma prevista en el apartado 6 del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, mencionado.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 24
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 22/05/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 17/07/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 105
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 28/06/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 88
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 28/04/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 62
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 01/09/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 111
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 01/09/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 111
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/06/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 70
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/06/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 70
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 02/10/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 121
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 02/10/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 121
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento