Ayudas de accion y promocion cultural.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S19082/11

Norma:

Orden CUL/748/2011, de 24 de marzo. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas de acción y promoción cultural correspondientes al año 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 70% del coste total del proyecto. Por tanto, la obtención concurrente de otras ayudas, ingresos o recursos deberán respetar el artículo 5 de esta orden según el cual la ayuda otorgada por el Ministerio de Cultura financiará como máximo el 70% del proyecto. Cualquier alteración podrá dar lugar al reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, de nacionalidad española, o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades que contribuyan a generar contenidos digitales y a promover y difundir las distintas
manifestaciones culturales, desarrolladas tanto en el interior como en el exterior de España, cumpliendo alguna o varias de las siguientes finalidades:

a) Difundir la cultura española, en todas sus manifestaciones, en el exterior y fomentar las relaciones culturales entre España y otros países.

b) Favorecer el desarrollo, la digitalización y la internacionalización de las industrias culturales y creativas.

c) Fomentar la digitalización de contenidos culturales y la difusión global de los mismos.

d) Fomentar la implantación de las nuevas tecnologías en las actividades culturales y en su distribución mediante plataformas en línea.

e) Fomentar nuevos productos artísticos digitales en línea.

f) Impulsar aquellos proyectos que profundicen en el diálogo intercultural.

g) Apoyar aquellas actividades que, según el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, favorezcan la igualdad y la no discriminación por razón de sexo en el ámbito de la cultura.

h) Favorecer el desarrollo de los vínculos culturales entre las Comunidades Autónomas.

i) Difundir el valor de la propiedad intelectual en la concienciación social.

Requisitos:

- Las personas jurídicas no podrán tener ánimo de lucro y deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

- No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo LGS).

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/04/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 80
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento