Ayudas de acción social del personal laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S44673/16

Norma:

Resolución de 10 de noviembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de diciembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria colaborar en los gastos que ocasiona al personal laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, sujetos al ámbito de aplicación del III Convenio Colectivo, contribuir a los gastos farmacéuticos para enfermedades crónicas del personal laboral; la adquisición para sí mismo y en su caso, para su/s hijo/s y/o cónyuge, de prótesis dentarias, oculares, auditivas y de fonación y contribuir a los gastos por cirugía ocular; ayudas para el personal laboral, hijo/s y/o cónyuge con minusvalías en grado igual o superior al 33%; ayudas por gastos de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, mayores de 70 años que convivan con el trabajador o trabajadora y dependan económicamente del mismo; ayudas por gastos de sepelio; ayudas por gastos de guardería de los hijos e hijas del personal laboral hasta los tres años, y ayudas para contribuir a los gastos por asistencia a centros infantiles en períodos no lectivos para el cuidado de los hijos e hijas de los trabajadores desde tres hasta doce años.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad. (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las Ayudas de Acción Social objeto de la presente convocatoria el personal laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que durante el año 2009, se hubiera encontrado en alguna de las siguientes situaciones:

- Servicio activo en la Administración Pública de la C.A.C.

- Excedencia voluntaria por cuidado de familiares.

- Excedencia voluntaria por cuidado de hijos.

- Excedencia forzosa.

- Excedencia voluntaria por interés particular.

Requisitos:

1. Ser personal laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias sujeto al ámbito de aplicación del III Convenio Colectivo, que se encuentre en alguna de las situaciones descritas en la base tercera.

2. No haber percibido ni resultado adjudicatario de Ayudas de Acción Social de análoga naturaleza, otorgadas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o sus Organismos Autónomos, o cualquier otro Organismo o Entidad Pública para la misma finalidad y año, salvo lo regulado en la base novena 1.a) y decimotercera.

3. La percepción de la ayuda no significará en ningún caso un derecho adquirido o mérito para posteriores solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2016
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 224
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento