Ayudas de Servicios Sociales especializados en la Mujer.
Código de ayuda:
S27519/04Norma:
Orden de 23 de noviembre de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/01/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de ayudas a entidades sin ánimo de lucro y a los centros de servicios sociales especializados mujer, autorizados por la Conselleria de Bienestar Social, que tengan como población beneficiaria a mujeres víctimas de violencia de género o en riesgo de exclusión social, mediante la realización de programas de apoyo psicosocial y talleres de formación integral, para el desarrollo de las Políticas de Igualdad del Gobierno Valenciano.Categorías Subvención
Formación
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar.En ningún caso el importe de la subvención podrá superar el coste total de la actividad a desarrollar por la beneficiaria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades sin ánimo de lucro y los centros de servicios sociales especializados para mujeres, autorizados por la Conselleria de Bienestar Social, que tengan sede social en la Comunidad Valenciana.No se incluyen en este concepto, a efectos de la presente convocatoria, las entidades públicas ni aquellas entidades privadas con participación pública.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Aquellas acciones dirigidas a mujeres en riesgo de exclusión social, y/o precariedad económica, a mujeres que ejercen la prostitución, la han ejercido o están en riesgo de ejercerla, así como a aquellas con problemática derivada de la violencia de género, mediante la realización de programas y talleres de formación integral:. Adquisición de hábitos y actividades en ámbitos personales, familiares y sociales.
. Autoayuda y relajación.
. Alfabetización.
. Autoestima.
. Formación de actitudes.
. Atención psicológica y social.
. Habilidades sociales.
. Entorno familiar.
. Educación sanitaria e higiénica.
. Otros de similares características que al mismo tiempo tengan una orientación formadora (cerámica, cocina, hogar, confección y reciclaje de ropa.....).
Las subvenciones irán destinadas a financiar los gastos corrientes derivados del desarrollo de las actividades, sin que puedan entenderse subvencionables los gastos relativos al funcionamiento ordinario de las entidades, ni la adquisición de material inventariable.
Quedan excluidos de la subvención:
. Los viajes de recreo y/o marketing, comidas y similares.
. Los cursos de formación laboral.
Documentos asociados
Boletín:
15/12/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4903
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4903
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento