Ayudas de Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3) para el año 2006.
Código de ayuda:
S46873/06Norma:
RESOLUCION de 6 de noviembre de 2006. ORDEN ECI/1520/2005, de 26 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/12/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a la Intensificación de la Actividad Investigadora dentro del Programa I3 y en el marco del convenio específico para el año 2006 entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno del Principado de Asturias.Dichas ayudas consistirán en la aportación de recursos económicos para compensar a la Universidad por la dedicación prioritaria a la investigación de sus profesores-investigadores.
Dichas ayudas se destinarán preferentemente a la contratación y retribuciones del personal que asuma la docencia correspondiente a los profesores-investigadores que se concentren en la investigación. Complementariamente, parte de la ayuda se podrá destinar a financiar directamente actividades incluidas en la acción de I+D prevista.
Con cargo a la presente convocatoria se concederá un máximo de 10 ayudas a la intensificación de la actividad investigadora de un año de duración.
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Universidad de Oviedo (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las acciones de intensificación tendrán una duración de 1 año y podrán recibir una ayuda máxima de 40.000 euros para una duración anual.No obstante, podrán prorrogarse hasta un máximo de 4 años, tras la correspondiente aprobación de la Comisión de Seguimiento del Programa I3 contemplada en el convenio de colaboración entre el Principado de Asturias y la Universidad de Oviedo para el desarrollo y ejecución de la línea de intensificación objeto de esta convocatoria y de acuerdo con el procedimiento que se apruebe
por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las solicitudes podrán ser presentadas por el personal docente e investigador funcionario y contratado laboral permanente con el título de doctor:Catedráticos de Universidad, profesores titulares de Universidad, profesores contratados doctores y demás figuras contractuales de carácter permanente que requieran el título de doctor, según la Ley Orgánica
6/2001 de Universidades, y el Decreto 99/2005, de 23 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico y retributivo del personal docente e investigador contratado laboral por la Universidad de Oviedo, e integrado en los Institutos o Departamentos de la Universidad.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La temática de la actividad para la que se solicite la ayuda de intensificación debe estar contemplada en el Plan Nacional de I+D+I y/o en el Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación (PCTI) 2006-2009 del Principado de Asturias.Los tipos de acciones ligados a la actividad de intensificación prevista son:
— Mantenimiento de la productividad investigadora de aquellos grupos de investigación de excelencia que precisen de apoyo para mantener su masa critica de investigadores.
— Participación en el Programa Ingenio 2010 (Proyectos Consolider del Plan Nacional de I+D+I, etc.) o en
proyectos europeos del VII Programa Marco.
— Apertura de nuevas líneas de trabajo por parte de investigadores de trayectoria contrastada.
— Consolidación de la actividad investigadora por parte de jóvenes investigadores con una clara y validada proyección de futuro.
— Puesta en marcha de nuevos institutos de investigación o de centros tecnológicos.
— Implicación en la creación o participación de plataformas tecnológicas.
— Liderazgo de actividades de clustering Universidad-empresa.
— Creación de unidades de investigación consorciadas.
En todo caso, las acciones solicitadas deberán aportar un valor añadido real para la I+D+I en la Universidad de Oviedo, y en ningún caso deberán ser entendidas como sustitutivas o equivalentes a las licencias de docencia, sabáticos o incentivos a la productividad.
Documentos asociados
Boletín:
28/05/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 127
Documento: Programa 13 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 127
Documento: Programa 13 Descargar Documento
Boletín:
24/11/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 24XI06
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 24XI06
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento