Ayudas de Industria Dual destinadas a apoyar la cadena industrial gallega en el proceso de producción de bienes y servicios tecnológicos de uso dual destinados a los ámbitos de la Seguridad, Defensa y Aeroespacio, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se convocan para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IN519H).

Código de ayuda:

S14864/26

Norma:

ORDEN de 26 de mayo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de agosto de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, dirigidas a empresas con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, con la finalidad de apoyar la cadena industrial gallega en el proceso de producción de bienes y servicios tecnológicos de uso dual destinados a los ámbitos de la Seguridad, Defensa y Aeroespacio para el año 2026.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conserjería de Economía e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las entidades beneficiarias de las ayudas acercarán una contribución financiera de al menos el 25 % de los costos subvencionables, con sus propios recursos o mediante financiación externa sin ningún tipo de ayuda pública.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Serán entidades beneficiarias de estas ayudas las empresas, con independencia de su tamaño.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

• La creación de un nuevo establecimiento: inicio de una nueva actividad industrial.
• La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, siempre que suponga la modernización respecto a la tecnología previamente utilizada.
• La diversificación de la producción hacia productos no producidos previamente.
• Transformación fundamental del proceso global de producción del producto o de la prestación del servicio afectado por la inversión en el establecimiento.

Requisitos:

a) Comparabilidade: deberán referirse a la misma tipología de elemento objeto de inversión, con prestaciones similares, y contener conceptos análogos y comparables y con el detalle suficiente para su comparación.

b) No vinculación: las personas proveedoras de las tres ofertas no podrán ser vinculadas entre sí ni con la persona solicitante. A estos efectos, se entiende que existe vinculación cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 27.7 de la Ley 9/2007 y en el artículo 43.2 del Decreto 11/2009; asimismo, se tomará en consideración la definición de empresas asociadas o de empresas vinculadas establecida en los apartados 2 y 3, respectivamente, del artículo 3 del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.

c) Identificación de la persona ofertante y de la persona destinataria: deberán contener la razón social, el domicilio y el número o código de identificación fiscal. Excepcionalmente, podrán admitirse ofertas o presupuestos en que se omita alguno de los elementos identificativos de la persona emisora o de la persona destinataria cuando, a criterio de los servicios técnicos de la Dirección General de Estrategia Industrial y Suelo Empresarial, se considere que están clara e inequívocamente identificadas la persona ofertante y la persona destinataria.

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 28/05/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento