Ayudas correspondientes al programa Ven a Galicia, ben en Galicia para residentes en el exterior durante el año 2009.

Código de ayuda:

S59782/09

Norma:

Resolucion de 26 de agosto de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases por las que se regirán las ayudas correspondientes al programa Ven a Galicia, ben en Galicia orientado a ofrecer un tiempo de ocio a los emigrantes gallegos residentes en Europa y a los naturales de Galicia
asentados en otras comunidades autónomas de España, para disfrutar y conocer la realidad actual de nuestro país, con actividades de convivencia y culturales referidas a nuestra lengua, historia, así como a nuestras
costumbres tradicionales. Estas bases reguladoras se aprueban expresamente en esta resolución, y son las establecidas en su artículo 2º.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes de este programa los emigrantes gallegos residentes en Europa y los naturales de Galicia que residan en otra comunidad autónoma.

Requisitos:

-Tener la nacionalidad española.

-Residir en otra comunidad autónoma de España o en otro país de Europa.

-Tener sesenta o más años de edad contados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

-No haber participado en los últimos cinco años naturales en anteriores ediciones de este programa.

-Ser válido por sí mismo, no padecer trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia y estar en condiciones de realizar un viaje de larga duración.

-No tener recursos económicos suficientes. A efectos de esta resolución, se considerarán recursos económicos insuficientes cuando los ingresos per cápita de la unidad económica familiar sean inferiores a 2,5 veces el importe del salario mínimo interprofesional correspondiente al año 2009 en el país de residencia del solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 02/09/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 172
Documento: Convocatoria 2009, Bases Reguladoras y Anexos. Descargar Documento