Ayudas correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigacion Cientifica y Tecnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generacion de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigacion Cientifica y Tecnica y de Innovacion 2013-2016.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S40573/14

Norma:

Resolución de 1 de agosto de 2014. Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre. Resolución de 17 de junio de 2015. Resolución de 7 de julio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Consultar según área temática de gestión.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de la convocatoria para el año 2015 de las siguientes modalidades de actuación del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, incluido en el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia en el marco del Plan Estatal de I+D+I.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio De Economía Y Competitividad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.

e) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.

f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.

g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.

A la posible cofinanciación FEDER que se pudiera derivar de la ejecución de las actuaciones incentivadas al amparo de la presente convocatoria podrán acceder las siguientes entidades, de entre las descritas en el apartado anterior:

a) Organismos públicos. Solo podrán acceder a la modalidad de subvención con anticipo reembolsable aquellos organismos públicos que, según la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las leyes anuales de PGE, o cualesquiera otras normas estatales o autonómicas, puedan concertar operaciones de endeudamiento a estos efectos.

b) Organismos privados que hayan sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general, que no tengan carácter industrial o mercantil, que estén dotados de personalidad jurídica y que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:

i. Que su actividad esté mayoritariamente financiada por el Estado, por los entes territoriales o por otros organismos de derecho público.

ii. Que su gestión se halle sometida a un control por parte de alguna de las entidades citadas en el párrafo anterior.

iii. Que su órgano de administración, de dirección o de vigilancia esté compuesto, al menos en más de la mitad de sus miembros, por representantes nombrados por el Estado, por los entes territoriales o por otros organismos de derecho público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Modalidad 1: Proyectos de I+D (en adelante, modalidad 1 o Proyectos Excelencia).

Se trata de proyectos de investigación sin orientación temática predefinida consistentes en trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de obtener resultados que representen un avance significativo del conocimiento. Estos proyectos se podrán realizar de forma individual o coordinada a fin de fomentar la creación de esquemas de cooperación científica más potentes de modo que permitan alcanzar objetivos que difícilmente podrían plantearse en un contexto de ejecución más restringido.

2. Modalidad 2: Proyectos «Explora Ciencia» y «Explora Tecnología» (en adelante, modalidad 2 o Proyectos Explora).

Se trata de proyectos de investigación cuyos objetivos supongan una reevaluación de paradigmas establecidos, objetivos interdisciplinarios, búsqueda de nuevos conceptos y aplicaciones rompedoras en diferentes disciplinas científicas.

3. Modalidad 3: Acciones de dinamización Redes de Excelencia (en adelante, modalidad 3 o Redes Excelencia).

Son actividades para la creación y desarrollo de redes de grupos de investigación encaminadas a mejorar los resultados de investigación obtenidos mediante acciones financiadas en convocatorias anteriores del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011 y del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016, (Redes Temáticas y Redes CONSOLIDER); a fomentar la coordinación general de las redes de ICTS y las ICTS distribuidas (Redes ICTS); y a contribuir a la gestión y a la coordinación de agentes estratégicos de I+D+i nacionales o internacionales (Redes Estratégicas) en las que se incluyen las Alianzas de I+D+I, reconocidas como tales por el departamento ministerial competente en I+D+I en el momento de su constitución y enmarcadas en un sector identificado como prioritario en la «Declaración de intenciones» de la Alianza; las iniciativas FET Flagships reconocidas en la convocatoria piloto del VII Programa Marco de I+D+I y que se desarrollarán en el pilar de Ciencia Excelente de Horizonte 2020 y, por último, las Comunidades de Conocimiento e Innovación, KIC, en su sigla en inglés, reconocidas por el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 236
Documento: Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre. Descargar Documento
Boletín: 08/08/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 192
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 23/06/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 149
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/07/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 172
Documento: Modificación Descargar Documento