Ayudas correspondientes a las acciones de dinamización Redes de Excelencia, del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S17819/16

Norma:

Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre. Resolución de 31 de mayo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Desde el 29 de junio hasta el 13 de julio de 2016 a las 15:00 horas (hora peninsular).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de acciones de dinamización Redes de Excelencia tiene como objetivo potenciar la creación y desarrollo de redes de investigación de excelencia que puedan tanto planificar actividades conjuntas futuras como consolidar resultados de actividades de I+D+I anteriores, así como realizar actividades de promoción internacional y posicionamiento estratégico.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio De Economía Y Competitividad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas previstas en esta convocatoria será de 2.500.000 euros, con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Economía y Competitividad para el año 2016.

Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las disponibilidades presupuestarias.

En ningún caso serán superiores a 150.000 euros.

El presupuesto de las ayudas financiará gastos de personal, gastos derivados de la organización y asistencia a actividades científico-técnicas, gastos destinados a la difusión de actividades y otros gastos directamente relacionados con la red, en las condiciones detalladas en el artículo 8 de la resolución de convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:

- Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

- Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

- Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector
público, cualquiera que sea su forma jurídica.

- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.

- Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.

- Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.

- Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Redes Temáticas: constituidas por investigadores encuadrados en la misma o similar área temática de conocimiento, algunos de los cuales deberán haber dirigido o participado en algún proyecto de I+D financiado en las convocatorias del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016 o del Plan Nacional de I+D+i 2008-2012, de los que se detallan en el artículo 12.5 de la resolución de convocatoria.

- Redes CONSOLIDER: constituidas por investigadores participantes en un mismo proyecto financiado en las convocatorias 2006 a 2010 del Subprograma de Proyectos de Investigación CONSOLIDER, del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental, enmarcado en el Plan Nacional de I+D+i 2008-2012
y que finalice con anterioridad al 30 de junio de 2016.

- Redes Estratégicas: constituidas por los investigadores participantes en las iniciativas KIC del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología o investigadores pertenecientes a las redes de centros fomentados en el Plan Nacional de I+D+i 2008-2012 o en el Plan Estatal de I+D+I 2013-2016.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en los artículos 4, 5 y 6 de la resolución de convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 236
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/05/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/06/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 136
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento