Ayudas consistentes en una linea de prestamos a las empresas del sector de la pesca, la acuicultura, la transformacion y comercializacion de productos de la pesca y de la acuicultura, cofradias de pescadores y sus federaciones y entidades asociativas del sector de la acuicultura para cubrir gastos de explotacion, Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S38200/10

Norma:

ORDEN AAR/323/2010, de 4 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Atender los gastos de explotación de las empresas del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, las cofradías de pescadores y sus federaciones y entidades asociativas del sector de la acuicultura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consiste en la bonificación del 100% de los intereses de los préstamos otorgados por el Instituto Catalán de Finanzas. La cuantía máxima por persona beneficiaria del préstamo otorgado será de hasta 40.000,00 euros, del que se bonificará el 100% de los intereses.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a.1) Ser titulares de una embarcación de pesca o bien de una instalación de acuicultura ubicados en el territorio de Cataluña. Las embarcaciones tienen que estar inscritas como activas en el Censo de flota pesquera operativa, y las instalaciones tienen que estar inscritas en el Registro de establecimientos que corresponda, como muy tarde en el momento de la resolución de concesión del préstamo.

a.2) O bien ser cofradía de pescadores o federación de cofradías de pescadores en el ámbito de Cataluña, o una entidad asociativa del sector de la pesca y/o de la acuicultura debidamente constituida y registrada como tal.

a.3) O bien ser titulares de actividades transformadoras y comercializadoras de productos de la pesca y de la acuicultura (no detallistas), inscritos en el correspondiente Registro de actividad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El importe financiado se destinará a cubrir los gastos de explotación de la persona beneficiaria, los cuales siempre tendrán que estar relacionados con los costes derivados del mantenimiento de sus actividades dentro del sector de la pesca y la acuicultura.

b) Se admitirán como gastos subvencionables las siguientes:
En todos los casos, entre otros, los gastos de mantenimiento, limpieza y adquisición de material fungible, así como gastos en agua, gas, teléfono, electricidad y similares.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5647
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento