Ayudas con finalidad estructural para acciones de interes colectivo de profesionales del sector pesquero asturiano directamente implicados en la pesqueria de la anchoa.

Código de ayuda:

S68828/07

Norma:

Resolucion de 29 de octubre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las presentes bases es establecer las normas que han de regular la concesión de ayudas con finalidad estructural para acciones de interés colectivo realizadas por profesionales del sector pesquero asturiano dirigidas a la protección y mejor gestión de la pesquería de anchoa en la subzona CIEM VIII, con arreglo a los criterios establecidos en el Reglamento 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006,
relativo al Fondo Europeo de la Pesca.

Las ayudas tienen como fin la compensación por la realización de acciones relacionadas con la gestión del esfuerzo pesquero, la promoción de la utilización de artes y métodos reconocidos por la autoridad de gestión como tradicionales y más selectivos, y la aportación de datos necesarios para la adopción de medidas técnicas de conservación de los recursos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda máxima a conceder, según el tipo de beneficiario será en todo caso la siguiente:

a) 1.200 € por cada tripulante que reúna las condiciones establecidas en el artículo anterior.
b) En cuanto a los armadores o propietarios de los buques que cumplan los requisitos mencionados en el citado artículo de las presentes bases, la cantidad a abonar será la que resulte por la aplicación de la siguiente fórmula:
[Ax (3-B) + 309] x 40 En la que :
A: Es el n.º de GT de la embarcación.
B: Es un número relacionado con el arqueo de la embarcación:
5,6902 para embarcaciones con arqueo menor o igual a 50 GT.
5,3799 para embarcaciones con arqueo mayor de 50 y menor o igual a 100 GT.
5,0833 para embarcaciones con arqueo mayor de 100 y menor o igual a 150 GT.
4,5141 para embarcaciones con arqueo mayor de 150 GT.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de beneficiarios de estas ayudas:

a) Los armadores o propietarios de buques del sector pesquero asturiano que cumplan todas las condiciones recogidas en la Orden APA/2260/2007, de 23 de julio, para la concesión de indemnizaciones a los armadores de buques españoles que faenan en la costera de la anchoa, por paralización de su actividad, siempre que tengan su base en puertos pesqueros del Principado de Asturias y soliciten la ayuda, con la aportación de la documentación requerida y que hayan desarrollado actividad con arte al cerco en el 2005 o 2006.
b) Los tripulantes de buques del sector pesquero asturiano que cumplan las condiciones establecidas en la Orden PRE/2475/2207, de 10 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas a los tripulantes de buques españoles que faenan en la Costera de la Anchoa, por paralización de su actividad en la campaña 2007.

No obstante, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que estuviesen incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o que fuesen deudores del Principado de Asturias por deudas,
vencidas, líquidas y exigibles.

Documentos asociados

Boletín: 08/11/2007
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 260
Documento: Convocatoria y Solicitud Descargar Documento