Ayudas con destino a financiar actividades de las federaciones y confederaciones de asociaciones de padres de alumnos.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S35346/09

Norma:

ORDEN 1677/2009, de 16 de abril. ORDEN 1630/2010, de 24 de marzo. ORDEN 690/2011, de 23 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas destinadas a subvencionar las actividades realizadas en el ejercicio 2011 por las federaciones y confederaciones de asociaciones de padres de alumnos de acuerdo con lo establecido en la Orden 1677/2009, de 16 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas con destino a financiar actividades de las federaciones y confederaciones de asociaciones de padres de alumnos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las confederaciones y federaciones de asociaciones de padres de alumnos, radicadas en la Comunidad de Madrid, que reúnan, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de las actividades de las federaciones y confederaciones de asociaciones de padres de alumnos.

Requisitos:

— Ser su ámbito territorial de actuación coincidente con el de la Comunidad de Madrid.

— Estar integrada por más de diez asociaciones de padres de alumnos que desarrollen de manera efectiva actividades durante el curso escolar correspondiente a la convocatoria de las ayudas.

— Figurar inscrita en el censo de asociaciones de la Consejería de Educación con seis meses de antigüedad.

Es requisito imprescindible para obtener las ayudas que aquellas confederaciones o federaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos, que hubiesen obtenido subvención al amparo de la convocatoria del ejercicio anterior, hayan justificado debidamente la aplicación total de las cantidades percibidas.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 104
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/04/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 87
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/03/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 69
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento