Ayudas con cargo al programa Menorca, Música y Teatro.- Segunda Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S07100/13

Norma:

Maó, 11 de marzo de 2013. Maó, 30 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 31 de agosto de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción de la actividad musical y teatral que desarrollan los grupos menorquines a fin de ofrecerles un marco para dar a conocer su actividad y creatividad, colaborando a mantener unas manifestaciones culturales arraigadas en la isla.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Departamento competente en materia de Cultura del CIM abonará a las entidades beneficiarias de la subvención del importe de las ayudas de las actuaciones o los porcentajes que correspondan de acuerdo con estas bases, de acuerdo con el siguiente baremo:

Corales Desde 335 € hasta 530 € por actuación

Bandas de música Hasta 530 € por actuación

Música clásica Desde 270 € hasta 530 € por actuación

Grupos folclóricos Hasta a 370 € por actuación

Grupos de música popular y cantautores Desde 270 € hasta 470 € por actuación

Grupos pop, rock Hasta 470 € por actuación

Poetas 160 € por actuación

Grupos varios Desde 200 € hasta 400 € por actuación

Grupos de artes escénicas Desde 400 € hasta 700 € por actuación

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de Menorca, las entidades culturales (excepto las exclusivamente musicales), las asociaciones de vecinos y los clubes de jubilados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades musicales y teatrales que promuevan los ayuntamientos de Menorca, las entidades culturales (excepto las exclusivamente musicales), las asociaciones de vecinos y los clubes de jubilados que tengan lugar durante el año 2013.

Requisitos:

En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 06/08/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 110
Documento: Segunda Convocatoria 2013. Descargar Documento