Ayudas comunitarias al suministro de leche y determinados productos lácteos en centros escolares de la Comunitat Valenciana. Curso escolar 2016/2017. Eercicio FEAGA 2017.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S48246/16

Norma:

ORDEN 31 /2010 de 6 de agosto de 2010. RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Último día del tercer mes siguiente al del suministro.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La ayuda pretende incrementar el consumo de productos lácteos entre la población escolar con el fin de favorecer hábitos de alimentación saludables, ampliar los mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos y proporcionar a los alumnos de los establecimientos escolares una dosis extra de productos lácteos, para el consumo en el centro, y así reducir el fenómeno de la fatiga escolar.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

55.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de la ayuda, en el sentido previsto por el Reglamento (CE) 657/2008 como consumidores de los productos, los alumnos que asistan regularmente a los centros o establecimientos escolares, reconocidos oficialmente por las autoridades competentes, en los siguientes niveles de enseñanza:

– La Educación Infantil, incluidos los jardines de infancia u otros establecimientos de Educación Preescolar legalmente reconocidos.

– La Educación Primaria.

– La Educación Secundaria, que comprenderá la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional de grado medio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Categoria I

a) Leche tratada térmicamente

b) Leche tratada térmicamente con chocolate, zumos de frutas o aromatizadas que contenga, al menos, un 90 por ciento en peso de la leche indicada en la letra a) y con máximo de un 7 por ciento de azúcar
añadido y/o miel añadida

c) Productos lácteos fermentados con o sin zumos de frutas, aromatizados o no, que contengan al menos un 90 por ciento en peso de la leche indicada en la letra a) y con un máximo de un 7 por ciento de
azúcar añadido y/o miel añadida.

Categoria II
Productos lácteos fermentados o no, aromatizados o no con frutas, que contengan al menos un 75 por ciento en peso de la leche contemplada en la Categoria I letra a) y con un máximo de un 7 por ciento de azúcar añadido y/o miel añadida

Categoria III
Quesos frescos y fundidos, que contengan un máximo del 10 por ciento de ingredientes no lácteos.

Categoría V
Quesos que contengan un máximo del 10 por ciento de ingredientes no lácteos y que no están incluidos en la categoria III.”

Documentos asociados

Boletín: 23/08/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6338
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/12/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7938
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/12/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7928
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