Ayudas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2020-2021.

Código de ayuda:

S61264/18

Norma:

Orden 2/2013, de 22 de enero. Resolución de 22 de noviembre de 2018. Resolución 215/2019, de 27 de noviembre. Orden DEA/54/2020, de 23 de septiembre. Resolución 917/2020, de 3 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de diciembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiación parcial de gastos corrientes derivados de la realización de estudios universitarios de grado o equivalentes presenciales, para aquellos estudiantes que, cumpliendo los requisitos establecidos en la Orden 2/2013, de 22 de enero, se encuentren matriculados en un Centro o Universidad española, ubicado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Educación, Formación y Empleo (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Estudiantes que se encuentren realizando estudios universitarios de grado o equivalentes presenciales, en un Centro o Universidad española ubicado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las enseñanzas universitarias presenciales cuya superación conduzca a la obtención de un título académico oficial de Licenciado, de Ingeniero, de Arquitecto, de Diplomado, de Maestro, de Ingeniero Técnico y de Arquitecto Técnico, así como para las enseñanzas universitarias conducentes al título oficial de Grado o equivalentes.

Requisitos:

a) Acreditar el domicilio fiscal o formar parte de una unidad familiar que incluya al solicitante en su declaración del IRPF del año 2013 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

b) Justificar la residencia efectiva e ininterrumpida de los sustentadores principales de la familia, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante al menos los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.

c) Cumplir los requisitos académicos y económicos establecidos en los Títulos II y III respectivamente de la Orden 2/2013, de 22 de enero.

Los beneficiarios de estas ayudas no podrán encontrarse incursos en las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiarios, recogidas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 del citado Decreto.

Consultar requisitos académicos y económicos.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2013
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 12
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/12/2018
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 145
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/12/2018
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 145
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 02/12/2019
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 144
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 02/12/2019
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 144
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 29/09/2020
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 129
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 06/11/2020
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 150
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento