Ayudas complementarias en materia de formación profesional agraria - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S23500/10

Norma:

ORDEN AAR/217/2010, de 8 de abril

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Sufragar parte de los gastos derivados de la formación profesional agraria que se imparte en centros y escuelas de capacitación agraria del DAR.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El importe de la ayuda no podrá ser superior a 2.200,00 euros por persona beneficiaria.

- La ayuda consistirá en un importe máximo equivalente al resultado de restar de la suma de los costes de transporte escolar, media pensión y alojamiento, cualquier otra ayuda o subvención recibida para el alumno/a.

- La cuantía máxima destinada a esta ayuda y la aplicación presupuestaria a la que se tiene que imputar es la que se determina en el artículo 2.3 de la Orden de convocatoria.

- La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestaria, y de acuerdo con los criterios de atribución que establece el apartado 5 de estas bases reguladoras.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser personas beneficiarias de las ayudas el alumnado del curso escolar 2009-2010 de los ciclos formativos, del curso preparatorio para la prueba de acceso al ciclo formativo de grado superior, y de las enseñanzas de formación y capacitación agraria básica, organizados para los centros y las escuelas de capacitación agraria del Servicio de Formación Agraria del DAR.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de media pensión y/o alojamiento en las escuelas y en los centros de capacitación agraria.

b) Gastos de manutención y/o alojamiento fuera de las escuelas y los centros de capacitación agraria,
cuando éstos últimos no puedan prestar los servicios.

c) Gastos relativos al transporte escolar colectivo desde el punto de concentración fijado por el centro escolar hasta la escuela o el centro de capacitación agraria correspondiente.

d) Gastos relativos al transporte desde el domicilio del alumno/a hasta la escuela, para el alumnado que haya optado por realizar la organización singular del ciclo formativo de explotaciones agrarias extensivas en la Escuela de Capacitación Agraria de Les Borges Blanques o del ciclo formativo de explotaciones agrarias intensivas en la Escuela de Capacitación Agraria de Alfarràs, siempre que la distancia entre
el domicilio del alumno/a y la escuela sea superior a los 50 kilómetros.

e) Gastos de manutención y/o alojamiento de los alumnos que hayan realizado estancias de formación en centros de trabajo tanto en Cataluña como al extranjero.

Requisitos:

a) Tener residencia en Cataluña.

b) Cursar por primera vez el curso para el que solicitan la ayuda.

c) No disponer de una titulación equivalente o superior a los estudios por los que solicitan la ayuda.

d) Haber solicitado las ayudas del régimen general para estos tipos de enseñanzas.

e) No haber sido sancionado como consecuencia de la apertura de un expediente disciplinario por incumplimiento del reglamento de régimen interior de la escuela o del reglamento de residencia de los centros y las escuelas de capacitación agraria.

Documentos asociados

Boletín: 13/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5606
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento